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24-11-2005  Declaración oficial  
Cuestiones relativas a los derechos humanos: aplicación de los instrumentos de derechos humanos
ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS, 60° periodo de sesiones, tercera comisión, punto 71(a) del orden del dia. Declaración del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), Nueva York, 24 de octubre de 2005.

Señor presidente:

Muchas gracias por conceder el uso de la palabra al Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) para abordar una cuestión estrechamente relacionada con su cometido de prestar protección y asistencia a las víctimas de los conflictos armados y de otras situaciones de violencia: la cuestión de las personas desaparecidas y sus familiares.

Probablemente no exista conflicto armado alguno en el que no haya habido un gran número de familias separadas a raíz de la situación de violencia, lo cual es siempre la causa de sufrimientos indecibles.

Como ya se puso de relieve en otras ocasiones en este foro, el CICR ha adoptado varias iniciativas con miras a prevenir la separación de las familias, basándose en los principios y normas del derecho internacional humanitario. Para la Institución fue muy grato comprobar que en el Programa de Acción Humanitaria, aprobado en la XXVIII Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja hace menos de dos años, se otorga tanta relevancia al problema de las personas desaparecidas.

Además, a través de su amplia presencia sobre el terreno, el CICR se esfuerza por ayudar a los miembros de familias dispersas a causa de un conflicto armado a restablecer el contacto entre sí y a reunirse de nuevo.

El año 2004, por ejemplo, el CICR recogió y distribuyó más de 1,3 millón de mensajes de Cruz Roja y localizó a más de seis mil personas, cuyos familiares habían presentado solicitudes de búsqueda. La Institución ayudó asimismo a más de 2.700 personas a reunirse con sus familiares y emitió documentos de viaje para aproximadamente 10.000 personas, que pudieron así regresar a su país de origen o establecerse en un país de acogida.

Señor presidente:

El CICR acoge favorablemente la conclusión reciente de un proyecto de Convenio para proteger a las personas contra las desapariciones forzadas y encomia la labor del Grupo de trabajo para elaborar un instrumento normativo jurídicamente vinculante para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas.

Todo ello representa un progreso significativo en los esfuerzos emprendidos para prevenir las desapariciones forzadas en todo el mundo. El CICR felicita a los Estados y a todas las personas, en particular a los representantes de familiares de personas desaparecidas, que participaron en las negociaciones que permitieron finalizar el proyecto de Convenio. El CICR desea también elogiar los infatigables esfuerzos del señor embajador Kessedjian de Francia, que condujo el proceso dando muestras de gran determinación.

También fue grato al CICR contribuir en ese proceso, durante el cual pudo compartir su amplia experiencia en el ámbito de las personas desaparecidas.

El CICR considera imperativo que se haga todo lo posible por elucidar la suerte de las personas dadas por desaparecidas en relación con un conflicto armado u otras situaciones de violencia y cuyo paradero sigue sin conocerse.

Ha de autorizarse a las personas privadas de libertad a comunicarse con sus familiares. Por muy legítimas que sean las razones de su detención, nadie tiene derecho a ocultar el paradero de una persona, a no revelar si está viva o muerta, o a negar que esté detenida. Hacerlo va en contra de los principios fundamentales del derecho internacional humanitario y del derecho de los derechos humanos, en particular, "el derecho que asiste a las familias de conocer la suerte de sus miembros", consagrado en el artículo 32 del Protocolo I adicional a los Convenios de Ginebra.

Señor presidente:

Prevenir las desapariciones forzadas es uno de los objetivos principales de las visitas del CICR a las personas detenidas en relación con un conflicto armado u otras situaciones de violencia.

El año 2004, el CICR visitó a unas 571.000 personas detenidas en más de 2.400 lugares de detención en aproximadamente 80 países. De ellas, unas 29.000 fueron visitadas por primera vez y sus datos fueron registrados durante esa primera visita. El CICR registra individualmente los datos de los detenidos durante esas visitas para poder seguir su rastro. También habla con ellos en privado acerca de sus condiciones de detención y del trato que reciben. Para muchos detenidos, esas visitas, efectuadas con regularidad, representan el único contacto con el mundo exterior.

Muchas gracias por su atención.

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24-11-2005