1-12-2006 Reportaje Para poner fin a la era de las minas antipersonal: destrucción de las existencias
La destrucción de las minas antipersonal almacenadas es uno de los objetivos fundamentales de la Convención sobre la prohibición de las minas antipersonal (Convención de Ottawa). Al destruir sus reservas de minas antipersonal, un Estado garantiza que nunca ninguna de esas armas será sembrada para matar o mutilar indiscriminadamente. Al destruir sus existencias, los Estados salvan vidas y evitan mutilaciones.
¿Qué requisitos enuncia la Convención por lo que respecta a la destrucción de las existencias?
Diferentes tipos de minas antipersonal.
© ICRC / R. Gray / ref.arme-d-00002-18
En virtud de lo estipulado en la Convención de Ottawa, cada Estado Parte debe destruir todas las minas antipersonal que estén en su posesión en un plazo de cuatro años a partir de la fecha en que ese Estado pasa a ser parte en la Convención.
Aunque incumbe, en primer lugar, al Estado Parte destruir sus existencias de minas antipersonal, la Convención le concede el derecho a solicitar y recibir asistencia de los otros Estados Partes para cumplir esta obligación.
Excepcionalmente, de conformidad con el artículo 3 de la Convención, se permite a los Estados Partes retener una cantidad limitada de minas antipersonal únicamente para el desarrollo de técnicas de detección, limpieza o destrucción de minas y el adiestramiento en esas técnicas. Sin embargo, la Convención exige que la cantidad de minas retenidas no exceda la cantidad mínima absolutamente necesaria para alcanzar esos objetivos.
Esta excepción a la prohibición absoluta de minas antipersonal estipulada en la Convención ha de interpretarse de manera restrictiva. Más de 70 Estados Partes declararon que no conservarán absolutamente ninguna mina.
¿Cuál es la situación actual con respecto a la destrucción de las existencias?
Desde la entrada en vigor de la Convención, los Estados Partes han destruido aproximadamente 38 millones de minas antipersonal que estaban almacenadas.
La tasa de cumplimiento de la obligación estipulada en la Convención de destruir las minas antipersonal almacenadas ha sido excepcional: todos los Estados Partes que declararon que tenían minas antipersonal en su posesión y para los cuales ha vencido el plazo han declarado haber cumplido este requisito.
Perú, agosto de 2001. El ejército peruano destruyó sus existencias de minas antipersonal.©ICRC / D. Marthos
Al 1 de diciembre de 2006:
Un total de 132 Estados Partes en la Convención de Ottawa no tenían o ya no tenían existencias de minas antipersonal. De ellos:
- 74 Estados Partes han completado la destrucción de las minas antipersonal almacenadas;
- 58 Estados Partes habían declarado que no tenían minas antipersonal almacenadas a destruir.
- 13 Estados Partes habían iniciado el proceso de destrucción de sus existencias o debían iniciarlo.
- 5 Estados Partes aún no habían declarado oficialmente la presencia o ausencia de minas antipersonal almacenadas..
Aunque los Estados Partes en la Convención de Ottawa han realizado notables avances en la destrucción de las
existencias de minas antipersonal, los Estados que no son partes en el tratado siguen conservando importantes
cantidades de minas almacenadas. Se calcula que seis Estados que no son partes (China, Estados Unidos, India,
Pakistán, Rusia, Ucrania) tienen en total más de 150 millones de minas almacenadas.