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Sección
Respetar y hacer respetar el derecho humanitario

La obligación de los Estados de respetar y hacer respetar las normas y principios del derecho humanitario tiene dos aspectos.

“Respetar” significa que el Estado tiene la obligación de hacer todo lo que esté a su alcance para que sus organismos y todos los que estén bajo su jurisdicción respeten las normas de derecho humanitario. "Hacer respetar" significa que los Estados, estén participando en un conflicto o no, deben tomar todas las medidas posibles para garantizar que las normas sean respetadas por todos y, en particular, por las partes en conflicto.

Véanse:Artículo 1 común a los tres Convenios de ginebra (1949).Artículo 1 del Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra (Protocolo I) de 1977.
Publicación CICR
    5-5-2008
    Mejorar el respeto del derecho internacional humanitario en los conflictos armados no internacionales
    Hoy en día la mayoría de los conflictos armados son de índole no internacional. En este tipo de conflictos, se oponen las fuerzas armadas de un Gobierno y grupos armados organizados no estatales, o bien entre los miembros de estos grupos. Siempre ha sido un verdadero desafío dar a conocer las normas del DIH entre las partes contendientes y velar por que las apliquen.
    (Recursos informativos\Publicaciones y películas del CICR\Publicaciones\Derecho humanitario)
    Publicación CICR Incluye PDF

Revista Internacional de la Cruz Roja


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© 2009 Comité Internacional de la Cruz Roja
24-11-2009