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4-03-1999    
Informaciones sobre la reunión de expertos de países iberoamericanos sobre la adaptación de la legislación penal interna para la sanción de las infracciones contra el derecho internacional humanitario
Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, 10-12 de Marzo de 1999

    Observaciones preliminares

    La represión de las violaciones del derecho internacional humanitario (DIH) tiene una muy particular importancia en la tarea de hacer respetar ese derecho. Los Estados tienen obligaciones concretas que dimanan de los tratados humanitarios, en particular de los Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos adicionales I y II de 1977. De conformidad con esas obligaciones, los Estados han de aprobar, a nivel nacional, las medidas necesarias para que funcionen los mecanismos de represión contenidos en esos instrumentos.

    Por la legislación nacional que ha de promulgarse al respecto se deberán prohibir y reprimir penalmente las infracciones graves consignadas en esos tratados y estatuir para ellas sanciones adecuadas. Dicha legislación deberá ser aplicable a todas las personas, civiles o militares, cualquiera que sea su nacionalidad, que cometan u ordenen cometer cualquiera de dichas infracciones graves, incluidas las resultantes de la omisión de un deber de actuar. También deberá cubrir los actos perpetrados tanto dentro como fuera del territorio nacional.

    En cumplimiento del cometido asignado al Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) de velar por la fiel aplicación del DIH, la Institución insta, desde hace muchos años, a los Estados a que apliquen las disposiciones de ese derecho a nivel nacional y a que promulguen las leyes y los reglamentos acordes con sus exigencias. Mediante su Servicio de Asesoramiento en Derecho Internacional Humanitario, el CICR apoya a los Estados en los esfuerzos que para ello realizan.

    En el marco de sus actividades, el Servicio de Asesoramiento presta particular atención al ámbito de la represión penal de las violaciones del derecho humanitario a nivel nacional. De hecho, el CICR acoge muy favorablemente la creación de un Tribunal Penal Internacional Permanente. Está, sin embargo, convencido de la importancia que tiene crear en paralelo, a nivel nacional, las condiciones que permitan hacer funcionar los mecanismos de represión previstos en los tratados humanitarios y sancionar toda violación grave de esos instrumentos. Además, los Estados que deseen ratificar el estatuto de Roma deberán adaptar su legislación interna en el ámbito penal para atenerse a dicho estatuto y/o para poder aprovecharse del principio de complementaridad entre jurisdicciones nacionales y el Tribunal que en el estatuto se estatuye.

    Objetivos de la reunión

    Grande es el número de solicitudines de asesoramiento que dirigen al CICR los Estados que desean incorporar la sanción de los crímenes de guerra en su legislación nacional. Ello se explica por el hecho de que numerosos Estados - también en América Latina - han iniciado la reforma de su sistema legislativo penal con el fin de adaptar sus leyes a las exigencias del derecho internacional. La actividad de asesoramiento del CICR ha evidenciado diversas dificultades con que tropieza el legislador que intenta incorporar la sanción de los crímenes de derecho internacional en el derecho interno y al juez que luego debe aplicarla. Estas dificultades conciernen tanto al contenido de las normas que deben aprobarse como a su forma y a su aplicación.

    A fin de apoyar mejor a los Estados en esta tarea, el CICR convocó dos reuniones de expertos sobre el tema de la represión a nivel nacional de las violaciones del DIH: una para países que aplican el sistema jurídico romano-germanico (septiembre de 1997) y otra para los de sistemas de common law (noviembre de 1998) en las cuales participaron personas con experiencia práctica en materia de legislación penal y de procedimientos contra autores de crímenes de guerra.

    La reunión que ha de celebrarse en Madrid se inscribe en un marco similar y se dirige más específicamente a los países iberoamericanos. Su objetivo es

    • debatir cuestiones específicas relacionadas con la aplicación nacional de los mecanismos de represión que se estipulan en los tratados humanitarios;
    • favorecer el intercambio de información sobre cuestiones jurídicas de fondo y cuestiones de técnica legislativa relativa a la represión de los crímenes de guerra y de otros crímenes de derecho internacional mediante la presentación del modelo de la legislación española y de modelos de algunos otros Estados;
    • proporcionar una guía a las autoridades competentes (personas que participan en la toma de decisiones, redactores de textos legislativos, legisladores) para facilitar la adaptación de la legislación penal interna en ese ámbito.

    Además, está previsto proporcionar información sobre la labor de los tribunales internacionales ad hoc para ex Yugoslavia y para Rwanda, así como debatir sobre el estatuto de creación del Tribunal Penal Internacional adoptado en Roma poniendo de relieve las medidas legislativas que habrán de tomar los Estados con miras a su ratificación y para poder aprovecharse del principio de complementaridad entre jurisdicciones nacionales y el tribunal que se estatuye de conformidad con el estatuto.

    Desarrollo de la reunión y cuestiones que se tratarán

    La reunión se desarrollará en sesiones plenarias por medio de ponencias y mesas redondas, que serán seguidas de debates.

    Participantes

    Expertos procedentes del Reino de España, de las Repúblicas de Argentina, Brasil, Bolivia, Chile, Colombia, Cuba, El Salvador, México, Panamá y Perú.

    Representantes de las Organizaciones siguientes:

    Comité Internacional de la Cruz Roja, Centro de Estudios de DIH de la Cruz Roja Española, Comisión Internacional de Encuesta, Instituto Internazionale di Diritto Umanitario di San Remo, Unión Iberoamericana de Abogados (UIBA), Conferencia Iberoamericana de Ministros de Justicia, Organización de Estados Americanos, Tribunal Penal Internacional para ex Yugoslavia,

    Documentación

    Una documentación sobre el tema de la reunión será proporcionada a los participantes.

    Aspectos - prácticos y financiación

    • Lugar y fecha de la reunión

    Madrid, 10,11 y 12 de marzo de 1999

    Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (UIBA),
    c/Serrano, 9 y 11
    E - Madrid 28001
    (teléfono : 91 - 435 78 10; fax : 91 - 575 86 54)

    • Organizadores
    • Ilustre Colegio de Abogados de Madrid
    • Centro de Estudios de Derecho Internacional Humanitario de la Cruz Roja Española (CEDIH)
    • Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) - Servicio de Asesoramiento en Derecho Internacional Humanitario

    • Otras informaciones:

    Pueden solicitarse más detalles sobre aspectos prácticos de la organización de esta reunión a:

    Centro de Estudios de Derecho Internacional Humanitario
    Cruz Roja Española (Carmen Callejon, Secretaría de la reunión)
    c/Rafael Villa s/n (vuelta Ginés Navarro) E -28023 - El Plantío MADRID
    Tel: (0034) 91 3354 670/3354 451/3354 444
    Fax: (0034) 91 3354 455

    Sra. Cristina Pellandini
    Asesora jurídica, Servicio de Asesoramiento en DIH
    División Jurídica del CICR
    19, avenue de la Paix - CH 1202 Ginebra
    Tel.: (0041) 22 730 23 47
    Fax: (0041) 22 730 29 56


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