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11-05-1999    
Procedimientos de votación para la elección de los miembros de la Comisión Permanente

1. PROPUESTA PARA MEJORAR LOS PROCEDIMIENTOS DE VOTACIÓN

    La Comisión Permanente está integrada por dos representantes del CICR, dos representantes de la Federación Internacional y cinco miembros elegidos. Los cinco miembros elegidos son miembros de diferentes Sociedades Nacionales y son elegidos a titulo personal por la Conferencia Internacional [1].

    El problema

    Los procedimientos de votación adoptados en la XXVI Conferencia Internacional para elegir a los miembros de la Comisión Permanente fueron claramente insatisfactorios. La elección duró en total casi 6 horas y los trabajos de la Conferencia se suspendieron mientras se realizaba.

    Este proceso debe agilizarse en el futuro, reduciendo el tiempo dedicado a la elección y permitiendo que la Conferencia prosiga sus trabajos mientras se realiza la elección. La Comisión Permanente considera que ello es posible en el marco del Reglamento.

    Procedimientos de elección establecidos en el Reglamento

    Los procedimientos de elección figuran en los artículos 20 y 21 del Reglamento. A continuación se resumen las disposiciones pertinentes:

    • La elección es por votación secreta por los miembros de la Conferencia (articulo 21, párrafo 3).
    • En esta elección, el presidente de la Conferencia designa, de entre los delegados de los miembros de la Conferencia, a tres escrutadores para que cuenten los votos (articulo 20, párrafo 6).
    • En la primera votación, son elegidos los candidatos que hayan obtenido la mayoría absoluta (articulo 21, párrafo 4). Para determinar la mayoría absoluta requerida, se lee la lista nominal de los miembros antes de comenzar la votación (articulo 21, párrafo 3).
    • Si menos de cinco candidatos salen elegidos en la primera votación, se organiza la segunda. En la segunda se elige al candidato o a los candidatos que haya o hayan obtenido el mayor número de votos. En caso de igualdad de número de votos en la segunda votación, se realizarán nuevas votaciones hasta que el candidato o los candidatos restantes obtengan la mayoría relativa (articulo 21, párrafo 5).

    La solución: agilizar el proceso de elección

    Las dos principales razones por las que el proceso de elección tardó tanto durante la XXVI Conferencia fueron que:

    • los artículos aplicables a la votación nominal se aplicaron a un proceso que debía efectuarse por votación secreta ( es decir, se procedió a la lectura de la lista nominal antes de que comenzara la votación, luego se pidió a cada delegación que emitiera su voto, un proceso mucho más lento que el previsto en el articulo 21, párrafo 3), en la cual se debe leer la lista antes de comenzar la votación para determinar la mayoría absoluta, lo que no significa proceder a una votación nominal); y
    • el procedimiento de la votación nominal se aplicó tanto a la primera como a la segunda votación.

    El tiempo que dura la elección puede reducirse considerablemente si se separan la lectura de la lista nominal y la votación, y si se pasa lista una vez solamente antes de la primera vuelta de la votación. Ese es, sin lugar a dudas, el procedimiento previsto en el Reglamento [2]. Asimismo, podría administrarse mejor el tiempo dedicado al escrutinio de votos. Para agilizar aún más todo el proceso, los trabajos de la Conferencia deberían continuar mientras se realiza la elección.

    2. PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN

    La elección de los miembros de la Comisión Permanente se organizará en dos partes:

    • Anuncio del procedimiento de elección
    • Inicio del procedimiento de elección

    La primera parte debe tener lugar durante una de las primeras sesiones plenarias, de ser posible el primer día de la Conferencia. La segunda parte, por lo menos cuarenta y ocho horas más tarde, de preferencia tres días después, de modo que las delegaciones tengan tiempo de proponer candidaturas a la Comisión Permanente.

    Anuncio del procedimiento de elección: invitación a proponer candidaturas

    El presidente de la Conferencia [3] anunciará cuándo ha de realizarse la elección e informará también de que, en virtud del articulo 21, párrafo 1:

    • las candidaturas para la Comisión Permanente han de entregarse al presidente de la Mesa (en sobre cerrado y con un curriculum vitae de cada candidato) 48 horas antes de la apertura de la sesión durante la cual tendrá lugar la elección;
    • la Mesa distribuirá el curriculum vitae de cada candidato 24 horas antes de dicha sesión.

    El presidente deberá recordar a los miembros de la Conferencia que, para la designación de los candidatos, se tienen que tener en cuenta las cualidades personales de los candidatos y el principio de una equitativa repartición geográfica (articulo 21, párrafo 1). El presidente deberá señalar a la atención de los miembros las características que deben reunir los candidatos, especificadas en 1995 por el Comité Consultivo de Política y Planificación.

    Inicio del procedimiento de elección

    El presidente dará inicio a la elección, al principio de la sesión designada para la votación, con la lectura de los nombres de los candidatos y una explicación de las cuestiones de procedimiento:

    • señalará que cada delegación debe haber recibido una papeleta de voto (una lista alfabética de los candidatos, cuyo curriculum vitae ha de distribuirse como mínimo, veinticuatro horas antes);
    • anunciará que todos los miembros (es decir, las delegaciones) tienen el derecho de votar y que la elección se efectuará por votación secreta [4];
    • anunciará los nombres de los tres delegados designados por el presidente como escrutadores (y de los colaboradores del CICR y la Federación que les ayudarán) [5];
    • dará a conocer que los candidatos han de obtener la mayoría absoluta para ser elegidos en la primera votación (o, en caso de que cinco candidatos no salgan elegidos en la primera votación, se elige a los que hayan obtenido mayor número votos en la segunda);
    • anunciará que se procederá a pasar lista antes de comenzar la votación a fin de determinar la mayoría absoluta requerida en la primera votación; y
    • anunciará cuándo y dónde se efectuará la votación.

    Lectura de la lista de miembros

    La lectura de la lista nominal prevista en el articulo 21, párrafo 3, se refiere a una "lista nominal de los miembros". Esto significa que, al pasar lista, deben mencionarse los nombres de todas las Sociedades Nacionales reconocidas, del CICR, de la Federación Internacional y de todos los Estados Partes en los Convenios de Ginebra: Ese fue el procedimiento adoptado en la XXVI Conferencia Internacional y el que debe seguirse en el futuro.

    Por analogía con el articulo 20, párrafo 5, la lectura de la lista de miembros de la Conferencia se hará en el orden siguiente:

    • las Sociedades Nacionales (por orden alfabético en francés)
    • el CICR
    • la Federación Internacional
    • los Estados Partes en los Convenios de Ginebra (por orden alfabético en francés).

    Escrutinio e instrucciones referentes a los procedimientos de votación

    Después de pasar lista, el presidente:

    • anunciará cual es la mayoría absoluta que se requiere en la primera votación (es decir, el 50% del número de delegaciones que respondieron más 1)
    • explicará cómo debe rellenarse la papeleta de voto (para que el voto sea válido hay que seleccionar como máximo cinco nombres y rellenar la papeleta según las demás instrucciones que se den);
    • indicará que, si menos de cinco candidatos obtienen la mayoría absoluta, se requerirá una segunda votación;
    • anunciará que la primera votación. se iniciará [insértense la hora y el lugar] y que los resultados de la primera votación se anunciarán en cuanto se efectúe el recuento de votos;
    • pedirá a los escrutadores y asistentes del CICR y la Federación que se presenten en la sala en que se realizará la votación; y
    • recordará a los jefes de delegación que deben llevar el distintivo cuando vayan a votar o, en caso de que otro miembro de la delegación vote en nombre de ésta, deben entregarlo a esta persona (ello facilitará a los escrutadores la tarea de identificar a las delegaciones cuando emitan su voto).

    El presidente deberá recordar a la Conferencia que en la elección de los miembros de la Comisión Permanente deben tenerse en cuenta sus cualidades personales y el principio de una equitativa repartición geográfica (Estatutos, articulo 10, párrafo 4).

    Reanudación de la sesión plenaria y anuncio de los resultados

    Una vez que se hayan explicado los procedimientos para la elección, la hora y el lugar de la votación, la sesión plenaria pasará a examinar el tema siguiente del programa. El escrutinio y el recuento de votos se efectuará mientras la Conferencia sesiona, por lo tanto, sin interrumpir la sesión plenaria.

    Los escrutadores y sus asistentes iniciarán el recuento de votos una vez concluida la votación. Estos comunicarán los resultados de la votación al presidente e indicarán:

    • qué candidatos han obtenido la mayoría absoluta (si más de cinco de ellos obtienen la mayoría absoluta, los cinco que han obtenido el mayor número de votos);
    • el número de votos que ha obtenido cada uno de los candidatos restantes; ( es decir, los que no han sido elegidos).

    El presidente comunicará los resultados a la sesión plenaria y felicitará a los que resulten elegidos; además, anunciará el número de votos obtenidos por los candidatos restantes. Si menos de cinco candidatos obtienen la mayoría absoluta en la primera votación, será necesario organizar una segunda votación. La segunda vuelta de la votación no deberá efectuarse inmediatamente después de anunciar los resultados de la primera, ya que algunos candidatos podrían retirarse y se necesitará de tiempo para preparar las papeletas de la segunda vuelta de la votación.

    El presidente deberá pedir a los candidatos que deseen retirarse antes de la segunda votación que se lo comuniquen dentro de un plazo concreto.

    La segunda votación

    El procedimiento para la segunda votación es igual que para la primera, pero no se pasa lista [6]. Las papeletas de voto se distribuyen a cada una de las delegaciones. El presidente procederá a leer los nombres de los candidatos que mantienen su candidatura para la elección, anunciará el número de candidatos que quedan por elegir (y, por consiguiente, el número máximo de candidatos que pueden seleccionarse en la papeleta) e informará dónde y cuándo se celebrará la segunda votación.

    La Conferencia continuará luego sus trabajos, y el escrutinio y el recuento de votos se efectuarán mientras ésta sesiona. Al cierre de la votación, los escrutadores y sus asistentes seguirán el mismo procedimiento que para la primera votación (es decir, contarán los votos y comunicarán los resultados al presidente). El presidente interrumpirá el debate para anunciar los resultados: una vez más, anunciará qué candidatos han sido elegidos y el número de votos que han recibido los candidatos restantes. Esa información deberá consignarse en las actas de la Conferencia, ya que información relativa a la ultima votación será necesaria en caso de que se produzca una vacante entre los miembros elegidos de la Comisión Permanente [7].


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    Notas:

    [1] Estatutos del Movimiento, art. 17, párr. 1.

    [2] El art. 21, párr. 3, dispone que la lista nominal de los miembros se lee antes de comenzar la votación y señala que se pasa lista para "determinar la mayoría absoluta requerida de conformidad con el párrafo 4" [del art. 21].

    [3] Por razones prácticas, en el documento se menciona al presidente como la persona que desempeña las tareas relacionadas con la elección. Sin embargo, no se pretende que el presidente realice personalmente todas ellas; puede delegar algunas tareas en el secretario general de la Conferencia (o en otra persona apropiada).

    [4] Resulta claro del texto del art. 9 de los Estatutos y del art. 21, párr. 3, del Reglamento, que todos los miembros de la Conferencia (es decir, las delegaciones de las Sociedades Nacionales, el CICR, la Federación Internacional y los Estados Partes en los Convenios de Ginebra) tienen derecho a votar independientemente de si estaban presentes en la sala en el momento en que se pasó lista para determinar la mayoría absoluta.

    [5] De conformidad con el art. 20, párr. 6, la función de los escrutadores consiste en contar los votos. En opinión de la Comisión Permanente, los escrutadores deberían también supervisar el procedimiento de votación en su conjunto.

    [6] No es necesario pasar la lista en la segunda o en las subsiguientes votaciones, a menos que se dude de que haya el quórum necesario, en cuyo caso se pasará lista.

    [7] De conformidad con el art. 17, párr. 2, de los Estatutos del Movimiento, en caso de que se produzca una vacante entre los miembros elegidos de la Comisión Permanente, se nombrará miembro al candidato que obtuvo el mayor número de votos en la anterior elección.


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    Cualidades idóneas de candidatos a miembros de la Comisión Permanente de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja

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