|
|||||||||||||||||||||
28-08-2002 El derecho internacional humanitario y el desarrollo sostenible.
La función que desempeña el CICR
El CICR es una organización de índole humanitaria que actúa en forma neutral e independiente y cuya misión principal es proporcionar asistencia y protección a las víctimas de conflictos armados. La comunidad internacional le ha asignado cometidos precisos, que están expresamente definidos en los Convenios de Ginebra y en sus Protocolos adicionales. Su función de promover la aplicación del derecho internacional humanitario también abarca aspectos relacionados con el fomento de un desarrollo sostenible. En la actualidad, el mayor desafío con el que se enfrenta el derecho internacional humanitario es su aplicación. Existe un contraste muy evidente entre la evolución que han conocido las normas de derecho internacional humanitario, muchas de las cuales han sido aceptadas casi universalmente, y las repetidas violaciones de dichas normas en diferentes conflictos. Así, el CICR centra sus esfuerzos en diversos aspectos de aplicación, que apuntan, sobre todo, a que se refuerce la aplicación del derecho en el plano nacional a través de la formación del personal militar, a que se incorporen normas de derecho internacional en la legislación nacional y a que se garantice el respeto de esas normas mediante la represión de las violaciones del derecho internacional humanitario. Estos propósitos también se han perseguido en relación con las normas de derecho internacional humanitario relativas a la protección del medio ambiente. Con la asistencia de los expertos consultados y como seguimiento de la cumbre de Río, el CICR elaboró directrices sobre la protección del medio ambiente en tiempo de conflicto armado para manuales y programas de instrucción militares, que se publicaron como anexo al documento de las Naciones Unidas A/49/323 (1994) y Reproducidas en la Revista Internacional de la Cruz Roja, n° 134, marzo-abril de 1996. Sin aprobarlas formalmente, la Asamblea General invitó a todos los Estados “a que difundan ampliamente” las directrices elaboradas por el CICR y a “examinar debidamente la posibilidad de incorporarlas en sus manuales militares y otras instrucciones dirigidas a su personal militar” [*]. Se realizaron los esfuerzos correspondientes para difundir estas directrices, ayudando a los Estados a promover una amplia circulación de su contenido y a considerar la posibilidad de incorporarlas en los respectivos manuales de instrucción militar, tal como proponía la resolución 49/50 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, del 9 de diciembre de 1994. Las directrices son una herramienta para promover un mejor conocimiento de las normas jurídicas internacionales existentes sobre la protección del medio ambiente en tiempo de conflicto armado por parte de aquellos que deben observarlas en el transcurso de operaciones militares, en particular, los miembros de las fuerzas armadas. No obstante, se debería tener en cuenta la necesidad de que los Estados las complementen en cierta medida, puesto que desde que fueron elaboradas, se han aprobado y han entrado en vigor otros tratados de derecho internacional humanitario relacionados, en particular, con el empleo de minas antipersonal. [*] A/RES/49/50 sobre el Decenio de las Naciones Unidas para el Derecho Internacional (9 de diciembre de 1994). |