|
|||||||||||||||||||||
27-06-2005 Tortura: es necesario reafirmar su prohibición La Convención de las Naciones Unidas contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, de 1984, entró en vigor el 26 de junio de 1987. Sin embargo, aunque está estrictamente prohibida, la tortura sigue siendo una práctica común en numerosos países.
Día en Apoyo de las Víctimas de la Tortura
¿Qué se entiende por tortura y malos tratos?
Los acontecimientos de los últimos años han reavivado el debate público sobre la tortura y su definición, así como sobre si su uso puede justificarse en algunos casos. Es necesario explicar, una vez más, por qué ha de mantenerse la prohibición de la tortura. Es indudable que los Estados y las autoridades públicas tienen la obligación de adoptar todas las medidas posibles para proteger la seguridad pública. Sin embargo, deben cumplir esa obligación dentro de un marco jurídico que garantice el respeto de la dignidad humana. La detención y el interrogatorio de las personas que pueden proporcionar información sobre posibles amenazas deben ser conformes a esos principios fundamentales del derecho. La prohibición formal de la tortura y de otras formas de malos tratos remonta al siglo XIX, cuando las legislaciones nacionales y los tratados internacionales comenzaron a prohibir la tortura, sea en forma expresa o tácita. La Convención de 1984 fue la culminación de un proceso legislativo que se desplegó tanto en el plano nacional como internacional. Introdujo tres elementos nuevos: una definición internacionalmente aceptada de la tortura; la responsabilidad penal internacional de los "torturadores" y las consiguientes obligaciones de los Estados en relación con la prevención y el enjuiciamiento; y la reafirmación de la prohibición de los tratos crueles, inhumanos o degradantes. El debate actual sobre la tortura suele girar en torno a cuatro argumentos principales. El primero se refiere a la cuestión del "umbral". Los que defienden el uso de ciertas formas de malos tratos suelen poner en tela de juicio la definición de la tortura y restringir su alcance, limitándola a la acción de infligir daños físicos graves. Dicen, o dan a entender, que todo lo que se encuentre por debajo del nivel de esta definición limitada está autorizado y es legal. Sin embargo, las normas acordadas a nivel internacional son mucho más estrictas cuando distinguen lo que es humano y legal de lo que no lo es. El derecho internacional, así como la mayor parte de las legislaciones nacionales, prohíbe comportamientos muy diversos, como los ultrajes contra la dignidad personal, los actos de violencia que atentan contra la vida, la salud y el bienestar, cualquier forma de atentado al pudor, cualquier nivel de brutalidad, los tratos o castigos inhumanos, crueles, humillantes o degradantes, la coerción física o moral, la intimidación, y la mutilación o cualquier otra forma de castigo corporal. En segundo lugar, los defensores de los malos tratos suelen hacer la lista de los métodos aceptables y los métodos prohibidos. Pero la mera elaboración de tal lista no alcanza para determinar si se han cometido abusos. Los métodos han de evaluarse a la luz de las circunstancias generales en las que se aplican. Los efectos de los malos tratos varían según la salud mental, la fuerza física, la cultura, la edad y el sexo de la víctima, y según el entorno donde se infligen los malos tratos. Hay otros elementos importantes, como la duración o la combinación de los métodos utilizados. En algunos casos, un solo acto puede constituir tortura. En otros, los malos tratos pueden resultar del empleo de varios métodos a lo largo de cierto período que, considerados en forma individual y fuera de contexto, pueden parecer inofensivos. En tercer lugar, suele minimizarse el sufrimiento que causan los malos tratos. Las consecuencias de la tortura y de otras formas de malos tratos pueden ser puramente psicológicas, o físicas y psicológicas. Los expertos sostienen que, a menudo, la angustia psicológica que causan los malos tratos a menudo es más grave que el dolor físico. Los efectos psicológicos de tener que presenciar la tortura de un familiar o soportar formas sexuales de malos tratos pueden ser tan traumáticos como los de una mutilación, o incluso peores. Por último, los que apoyan el uso limitado de la tortura suelen aprovechar las preocupaciones de la opinión pública con respecto a la seguridad para justificar los malos tratos durante los interrogatorios, esgrimiendo el conocido argumento de la "bomba de relojería". Empero, muchos expertos dudan del valor de la información obtenida mediante tortura o malos tratos. Además, la humillación y el resentimiento provocados a las personas afectadas y al conjunto de la comunidad pueden conducir a una espiral de violencia. Históricamente, siempre que se ha tolerado la tortura, el resultado ha sido un entorno más permisivo donde la prohibición de esa práctica resultó debilitada. Para evitar esa peligrosa pendiente, es necesario reafirmar con vehemencia la prohibición absoluta de la tortura. La posición del CICR es clara: rechaza con firmeza todo uso de la tortura y de otras formas de malos tratos. La prohibición que establece el derecho internacional es absoluta y no permite excepción alguna. Por último, el CICR considera que los beneficios de respetar la dignidad humana son muy superiores a cualquier justificación de la tortura. |