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Comité Internacional de la Cruz Roja
1-11-1986  Revista Internacional de la Cruz Roja n° 78, pp.355-406 
Conferencia Internacional 1986: Resolución XVII


El Movimiento y los refugiados

La XXV Conferencia Internacional de la Cruz Roja,

recordando la Resolución XXI de la XXIV Conferencia Internacional de la Cruz Roja sobre la acción de la Cruz Roja Internacional en favor de los refugiados, así como la Línea de conducta que la acompaña;

sabiendo que el número de refugiados, solicitantes de asilo y personas desplazadas ha seguido aumentando constantemente durante los pasados cinco años, originando necesidades aún mayores en materia de ayuda humanitaria, especialmente entre los grupos más vulnerables (mujeres solas, o que son jefes de familia, niños no acompañados, impedidos físicos y psíquicos y ancianos);

reconociendo que los desplazamientos masivos de refugiados continuarán mientras no se hayan eliminado las causas de dichos desplazamientos;

acogiendo con satisfacción la iniciativa adoptada por el 36º período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas para establecer el Grupo de expertos gubernamentales sobre la cooperación internacional para evitar nuevas corrientes de refugiados (Documento de las Naciones Unidas A/41/324 del 13 de mayo de 1986) y tomando en consideración la acción emprendida al respecto durante el 41º período de sesiones de la Asamblea General;

comprobando que las personas desplazadas en el territorio del propio país no siempre se benefician de la protección y de la asistencia que el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja está dispuesto a prestarles en todo tiempo;

compartiendo la preocupación expresada en la 37.ª Reunión del Comité Ejecutivo del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, por la continuación de los ataques militares y armados contra los campamentos y las zonas de reasentamiento de refugiados, ya que esos ataques ocasionan numerosas víctimas, tanto en los campamentos y las zonas de reasentamiento de refugiados como entre la población de acogida, especialmente entre las mujeres, los niños y los ancianos;

recordando el primordial cometido del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados por Io que atañe a la protección internacional y a la asistencia material en favor de los refugiados, así como el que desempeña en la búsqueda de soluciones duraderas:

1. insta a los Estados a que, en la búsqueda de soluciones duraderas, se ocupen ante todo y sobre todo de las causas de los desplazamientos de refugiados procedentes de su país de origen;

2. invita a los gobiernos y al Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja a proseguir sus esfuerzos en cuanto a la difusión del derecho internacional humanitario y de los Principios Fundamentales del Movimiento, para lograr un mayor respeto de los derechos del ser humano;

3. alienta al Movimiento, por una parte, a intensificar los esfuerzos realizados en el ámbito de la información y de la capacitación y, por otra, a participar más activamente en el suministro de información destinada a mejorar la comprensión y la aceptación mutuas entre la comunidad de acogida y los refugiados;

4. insta a las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja a que hagan todo Io posible para que los refugiados y los solicitantes de asilo reciban un trato humano y se beneficien de condiciones materiales aceptables en los países de acogida;

5. recuerda a los gobiernos, con espíritu humanitario, sus obligaciones legales y morales para con los refugiados, en particular el respeto del principio de la no devolución y les recomienda que aceleren en la medida de Io posible, los procedimientos relativos a la tramitación de las solicitudes de asilo, manteniendo al mismo tiempo las garantías jurídicas esenciales;

6. solicita a los gobiernos que permitan al Movimiento actuar en favor de las víctimas que no se benefician de ninguna otra protección o asistencia apropiadas, como en algunos casos de personas desplazadas en el territorio del propio país;

7. invita a los gobiernos a proseguir sus esfuerzos para hallar en un futuro próximo soluciones para el problema de los ataques militares o armados contra campamentos o zonas de reasentamiento de refugiados, de conformidad con la conclusión a la que Ilegó la 37.ª Reunión del Comité Ejecutivo del ACNUR, y reafirma la disponibilidad del Movimiento para actuar a este respecto;

8. solicita a los gobiernos, al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, a las Sociedades Nacionales y a las organizaciones no gubernamentales que examinen detenidamente los problemas de los refugiados, de los repatriados y de las personas desplazadas, en especial, los de los grupos vulnerables, y les recomienda firmemente que opten por soluciones duraderas apropiadas como las que se prevén en el mandato del ACNUR;

9. reafirma la voluntad del Movimiento de apoyar los esfuerzos del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y de reforzar y ampliar la colaboración ya existente entre el Movimiento y el ACNUR.

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