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Comité Internacional de la Cruz Roja
1-03-1994    
Asistencia a los niños en situación de emergencia
Tomado de Manual del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, decimotercera edición, 1994


XXV Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, Ginebra, 1985, Resolución XX.
    La XXV Conferencia Internacional de la Cruz Roja,

    observando con satisfacción los progresos de la labor de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas relativa a un proyecto de Convención sobres los Derechos del Niño, aunque señalando también a la atención de los gobiernos el hecho des que es esencial que esa labor se traduzca en disposiciones que concedan una protección comparable a la prevista en los instrumentos internacionales vigentes, y de ser posible mayor aún;

    consciente del importante problema que plantea a los gobiernos, las Sociedades Nacionales y otros organismos de socorro, la difícil situación de los niños, acompañados o no, en caso des emergencia;

    reconociendo que los niños tienen derecho a contar con la protección de los padres o la familia en la mayor medida posible durante las situaciones des emergencia, y subrayando la necesidad de que los gobiernos, las Sociedades Nacionales y otros organismos de socorro tomen las medidas necesarias al respecto:

    1. insta a los gobiernos, las Sociedades Nacionales, la Liga y el CICR y otros organismos de socorro a que se ocupen especialmente de los niños durante las situaciones de emergencia y a que los protejan contra toda clase de daños y malos tratos físicos o psicológicos;

    2. insta asimismo a los gobiernos, las Sociedades Nacionales, la Liga y el CICR y otros organismos de socorro a que tomen las medidas adecuadas para combatir el traslado internacional ilícito de los niños sin su ulterior repatriación;

    3. pide encarecidamente a los gobiernos, las Sociedades Nacionales, la Liga y el CICR y a otros organismos de socorro que tomen las medidas pertinentes para identificar, lo antes posible, a los menores no acompañados, establecer y mantener al día una ficha individual y velar por que se realicen las tareas de búsqueda necesarias para la reunión de familiares;

    4. recomienda a los gobiernos y a las Sociedades Nacionales que tomen las disposiciones apropiadas para la rehabilitación satisfactoria de los niños víctimas de situaciones de emergencia;

    5. pide a los gobiernos y a las Sociedades Nacionales que informen a la próxima Conferencia Internacional acerca de las medidas adoptadas para ayudar a los niños en situaciones de emergencia.


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