Objetivo final 3.3 Aumento de la capacidad de las Sociedades Nacionales, asociación eficaz con los Estados y cooperación con las organizaciones humanitarias y de desarrollo pertinentes
13. Los Estados, reconociendo el papel de auxiliares de las Sociedades Nacionales y la importancia creciente de su labor en la prestación de servicios y en el fomento del respeto al ser humano:
(a) cuando proceda, se comprometerán a seguir fortaleciendo la capacidad de las Sociedades Nacionales de sus respectivos países, facilitando y apoyando su cometido en respuesta a los nuevos desafíos que se presentan en el contexto nacional;
(b) reconocerán la relevancia cada vez mayor de los voluntarios en la prestación de apoyo práctico y afectivo a las personas vulnerables en la comunidad, complementando así la respuesta a las necesidades que no brinda el sistema oficial de prestación de servicios. Para ello, los Estados revisarán la legislación y, cuando proceda, promulgarán normas o las actualizarán con miras a facilitar el trabajo eficaz de las organizaciones voluntarias pertinentes;
(c) aumentarán su apoyo a la consolidación de una red mundial de Sociedades Nacionales más sólida, que pueda responder mejor a las necesidades de la comunidad y a los desastres. Al hacerlo, considerarán debidamente la experiencia del “Proceso Tripartito”, emprendido por la Federación Internacional como seguimiento de la XXVI Conferencia Internacional;
(d) según proceda, aumentarán su apoyo a la coordinación entre la red de Sociedades Nacionales y las organizaciones humanitarias y de desarrollo pertinentes.
14. Las Sociedades Nacionales, a fin de asegurar su capacidad para responder más eficazmente a los nuevos desafíos:
(a) adoptarán nuevas iniciativas para garantizar una participación equilibrada de personas de todos los sectores de la sociedad en su organización y programas, y promoverán su integración en los procesos de toma de decisiones y en las funciones directivas de las Sociedades Nacionales;
(b) examinarán su base jurídica y sus estatutos para determinar si han de ser actualizados. Como parte de este proceso, considerarán el proyecto de ley tipo elaborado por la Federación Internacional y el CICR, las líneas directrices para los Estatutos de las Sociedades Nacionales y otras decisiones pertinentes de los órganos estatutarios del Movimiento y de la Federación Internacional;
(c) se comprometerán a aumentar la coordinación y la cooperación con las organizaciones humanitarias y de desarrollo pertinentes.
15. La Federación Internacional:
(a) seguirá investigando, en cooperación con las Sociedades Nacionales, sobre aspectos específicos del voluntariado, a fin de elaborar una política y directrices actualizadas;
(b) en cooperación con el CICR y las Sociedades Nacionales, iniciará un estudio pormenorizado de las relaciones de trabajo entre los Estados y las Sociedades Nacionales, teniendo en cuenta las necesidades cambiantes en los ámbitos humanitario, sanitario y social, la función auxiliar de las Sociedades Nacionales y la evolución del cometido del Estado, del sector privado y de las organizaciones voluntarias en la prestación de servicios;
(c) aplicará la “Estrategia 2010”, aprobada por su Asamblea General en octubre de 1999, encaminada a fortalecer la acción individual y colectiva de las Sociedades Nacionales, en cooperación con los Estados, a fin de mejorar la vida de las personas vulnerables.