Editorial - Revista Internacional de la Cruz Roja, N.º 867
30-09-2007 Artículo, Revista Internacional de la Cruz Roja, por Toni Pfanner
La tortura fue proscribiéndose paulatinamente, en respuesta a un consenso filosófico de que la tortura y los tratos inhumanos son inmorales y repudiables, y constituyen una violación de la dignidad humana. La Declaración Universal de los Derechos Humanos, de 1948, concluye que “nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”. En la actualidad, no existe un derecho individual más fundamental que la prohibición absoluta de la tortura y de otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, tanto en el derecho de los derechos humanos, como en el derecho humanitario, en el derecho internacional como en el derecho interno.

