Personas protegidas por el DIH

29-10-2010 Introducción

El derecho internacional humanitario protege a una gran variedad de personas y bienes durante los conflictos armados. Los Convenios de Ginebra y sus Protocolos adicionales protegen a los enfermos, los heridos y los náufragos que no participan en las hostilidades, y a los prisioneros de guerra y otros detenidos, así como a civiles y bienes de carácter civil.

El origen de los Convenios de Ginebra está relacionado con la batalla de Solferino, librada en 1859, de la cual fue testigo Henry Dunant. La imagen de los enfermos y los heridos, librados a su suerte en el campo de batalla, afectó profundamente al ginebrino, quien con la ayuda de cuatro colegas organizó la conferencia diplomática que condujo a la firma del Primer Convenio de Ginebra en 1864.

Los principios establecidos entonces tuvieron influencia en los tratados sucesivos, que constituyen el cuerpo del derecho internacional humanitario actual. La protección de las personas y los bienes constituye el núcleo fundamental de dichos principios.

El Primer Convenio se refiere al cuidado de los enfermos y los heridos en el campo de batalla. Los servicios médicos que los asisten deben recibir protección contra los ataques y han de ser respetados como personal neutral, sin distinción alguna. El Convenio establece que el emblema de la cruz roja servirá para identificar y proteger al personal sanitario. Los Estados se comprometen a respetar este emblema y a quienes lo porten.

La cruz roja protege asimismo al equipamiento médico, incluidos los vehículos y las infraestructuras sanitarias, siempre que no se los utilice con fines militares.

Entre las dos guerras mundiales, los Convenios se extendieron a los prisioneros de guerra, para quienes se exige protección contra todo trato inhumano o degradante. El derecho internacional humanitario contiene normas precisas acerca del trato a los prisioneros de guerra y otros detenidos durante un conflicto armado.

Gracias a los Convenios de Ginebra, el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) tiene acceso a los lugares de detención, con el fin de evaluar las condiciones de vida de quienes se ven privados de libertad. El CICR da recomendaciones precisas y confidenciales a las autoridades de esos lugares y a veces brinda ayuda para mejorar las instalaciones. El personal médico forma parte de los equipos de visita del CICR. Las visitas se realizan regularmente.

El CICR visita a unos 500.000 detenidos por año en 70 países, aproximadamente.

Los Convenios de Ginebra de 1949 ampliaron la protección específica a los civiles, quienes habían sufrido enormemente durante la Segunda Guerra Mundial, y con frecuencia porque fueron elegidos deliberadamente como blanco de los ataques. La protección de la población civil, en especial contra los efectos de las hostilidades, está contemplada también en los Protocolos adicionales de 1977.

Las partes en un conflicto tienen prohibido elegir como blanco a los civiles y deben tomar todas las precauciones para evitar que los ataques provoquen víctimas en la población civil. Asimismo, deben evitar las acciones defensivas que pongan en peligro a la población civil. Los civiles no pueden ser utilizados como escudos humanos ni se los puede obligar a abandonar su lugar de residencia. Además, quedan expresamente prohibidos los ataques innecesarios a sus medios de subsistencia (la tierra, por ejemplo), viviendas, medios de transporte o instalaciones sanitarias.

En el derecho internacional humanitario, también se contemplan grupos específicos de civiles: las mujeres, a las que se debe proteger contra los abusos sexuales, y los niños, cuyas necesidades particulares los combatientes no deben pasar por alto.

En algunas situaciones, la distinción entre los civiles que no participan en la guerra y las personas que participan directamente en las hostilidades no es sencilla. De esta área del derecho internacional humanitario, entre otras cuestiones, se ocupa en la actualidad el CICR, que con la ayuda de especialistas pretende aclarar todas las dudas de modo de lograr un mayor respeto por las normas vigentes.

El derecho internacional humanitario protege a los refugiados, a los desplazados internos y a quienes han desaparecido como consecuencia de un conflicto armado. Protege asimismo a quienes prestan servicios humanitarios, como el personal del CICR y de las Sociedades de la Cruz Roja o de la Media Luna Roja. Estas organizaciones están autorizadas a utilizar el símbolo distintivo de la cruz roja, la media luna roja o el cristal rojo, emblemas protectores reconocidos por los Convenios de Ginebra.

Fotos

 

© CICR / B. Heger

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