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1-01-1996  Revista Internacional de la Cruz Roja N° 133 
Resoluciones de la XXVI Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja: Resolución 5
Tomado de Resoluciones de la XXVI Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja

Fortalecimiento de la capacidad nacional para prestar asistencia humanitaria y de desarrollo y para proteger a las personas más vulnerables

La XXVI Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja,

recordando el artículo 2 de los Estatutos del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Movimiento), según el cual cada Estado estimula la fundación de una Sociedad Nacional de la Cruz Roja o de la Media Luna Roja (Sociedad Nacional) en su territorio y favorece su desarrollo, y respeta la adhesión de todos los componentes del Movimiento a los Principios Fundamentales;

recordando, además, la finalidad y el contenido de las resoluciones XXV y XXII aprobadas respectivamente en las Conferencias Internacionales XXIV y XXV de la Cruz Roja, y los documentos de referencia en que se fundamentan dichas resoluciones, referentes al "Desarrollo de las Sociedades Nacionales en los planes nacionales de desarrollo" y al "Desarrollo de las Sociedades Nacionales como contribución a los planes nacionales de desarrollo";

reconociendo la importante función que desempeñan, en los planos local, nacional e internacional, todos los componentes del Movimiento en los ámbitos de la preparación para casos de desastre y el socorro a raíz de éstos, así como la variedad de servicios y programas de desarrollo que realizan las Sociedades Nacionales, especialmente en los sectores de la salud, del bienestar social y de la sangre;

reconociendo que los recursos mancomunados de las Sociedades Nacionales constituyen una gran fuerza para impulsar la superación del ser humano y el mayor desarrollo de la sociedad civil cuando numerosas tendencias sociales y económicas inciden de manera negativa en la calidad de vida de los sectores más vulnerables de la población de algunos países;

admitiendo, sin embargo, que existen grandes disparidades entre el número relativamente pequeño de Sociedades Nacionales que poseen capacidad y recursos financieros considerables y el gran número que no los poseen;

tomando nota del documento de referencia y de las deliberaciones relativas al fortalecimiento de la capacidad del Movimiento para prestar asistencia y proteger a las personas más vulnerables;

1. exhorta a los Estados a que:

a) confirmen el mandato de las Sociedades Nacionales como organizaciones humanitarias autónomas auxiliares del respectivo gobierno y como instituciones que desempeñan una función especial en el fomento del respeto de los valores humanitarios y de la dignidad humana;

b) reconozcan la necesidad de que las Sociedades Nacionales mantengan su independencia y autonomía de acción a fin de actuar de conformidad con los Principios Fundamentales y los valores que éstos encarnan y respeten el derecho de las Sociedades Nacionales a modificar sus estatutos, con arreglo a la legislación nacional, cuando lo consideren necesario para mejorar su funcionamiento;

c) aprovechen mejor el potencial de las Sociedades Nacionales como entidades que prestan, de manera eficaz en función de los costos, servicios sanitarios y sociales, así como asistencia de emergencia a las personas más vulnerables, y reconozcan que las Sociedades Nacionales deberán desarrollar nuevos mecanismos, incluidos sistemas para la recuperación de los costos, con miras a financiar la labor que realizan en cooperación con las autoridades públicas;

d) reconozcan la función específica que desempeña la Sociedad Nacional del respectivo país en la preparación para casos de desastre y los servicios de búsqueda, asegurandole una función claramente determinadas en el contexto del plan general nacional de preparación para casos de desastre;

e) ayuden a crear un entorno favorable para el desarrollo general de las Sociedades Nacionales en el respectivo país mediante, por ejemplo, la concesión de ventajas financieras y fiscales, o de otra índole, por las que se reconozca el carácter no lucrativo de las Sociedades Nacionales y el papel que desempeñan como auxiliares de los servicios públicos;

f) apoyen el desarrollo de la red mundial de Sociedades Nacionales mediante la asignación de recursos financieros adecuados destinados a los programas de cooperación para el desarrollo, con el fin de atender a las necesidades del creciente número de poblaciones más vulnerables, tanto en situaciones normales como en casos de desastre;

g) apoyen los esfuerzos que desplieguen todos los componentes del Movimiento, de conformidad con lo estipulado en los respectivos mandatos, para coadyuvar al desarrollo de las Sociedades Nacionales;

2. exhorta a todos los componentes del Movimiento a que sigan apoyando el desarrollo de la red de Sociedades Nacionales, con arreglo a los mecanismos de coordinación que hayan convenido, y toma nota con reconocimiento de los esfuerzos desplegados por las Sociedades Nacionales y la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Federación Internacional) para el fomento del desarrollo institucional, de recursos, y de programas, así como de los esfuerzos complementarios desplegados por el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) al fin de preparar a las Sociedades Nacionales para que asuman su cometido en situaciones de conflicto;

3. exhorta a la Federación Internacional y al CICR a que, en cooperación con las Sociedades Nacionales, elaboren una ley tipo para el reconocimiento de las Sociedades Nacionales, que pueda adaptarse a las condiciones de cada país, y la presenten a la XXVII Conferencia Internacional;

4. exhorta a los Estados en cuestión y a la Federación Internacional a que, en cooperación con el CICR, promuevan en cada país el establecimiento y el desarrollo de una Sociedad Nacional independiente, para que cumple con las condiciones estatutarias para el reconocimiento y la subsiguiente admisión, como miembro, en la Federación Internacional, de las Sociedades Nacionales que no gocen de la calidad de miembro de pleno derecho;

5. exhorta a la Federación Internacional a que, de conformidad con el espíritu del Plan Estratégico de Trabajo para el Decenio de 1990, enérgicamente fortalezca las Sociedades Nacionales y la cooperación entre ellas;

6. exhorta a las Sociedades Nacionales a que busquen continuamente nuevas formas de reforzar su capacidad para identificar y asistir a las personas más vulnerables y para compartir su experiencia y sus recursos con otras Sociedades Nacionales, a fin de optimizar la capacidad del Movimiento en su conjunto;

7. solicita a la Federación Internacional que, en cooperación con el CICR, informe a la XXVII Conferencia Internacional acerca de la acción y las principales medidas adoptadas para dar cumplimiento a esta resolución en función de la información recibida de las Sociedades Nacionales y de los Estados.


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