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10-12-2007 Resumen de actividades Personas detenidas por Estados Unidos en relación con los acontecimientos del 11 de septiembre de 2001 y sus consecuencias - El papel del CICR En este artículo, se explican el propósito y los procedimientos de las visitas del CICR a los centros de detención estadounidenses en Bagram (Afganistán), Bahía de Guantánamo (Cuba) y Charleston, Carolina del Sur (Estados Unidos). Para más información acerca de las actividades del CICR relacionadas con la detención en Irak, véase El CICR en Irak.
El CICR en Afganistán
Bagram: El CICR visita a personas detenidas en la base aérea militar de Bagram (Centro de Internamiento Temporario de Bagram), controlada por Estados Unidos, desde enero de 2002. La mayor parte de los detenidos son afganos capturados por la coalición liderada por Estados Unidos en el sur y el este de Afganistán. Actualmente, el CICR visita a más de 620 detenidos en Bagram.
El CICR en la Bahía de Guantánamo
El CICR visita a personas detenidas en la Bahía de Guantánamo, Cuba, desde enero de 2002. Actualmente, hay unos 300 detenidos provenientes de aproximadamente 30 países. Hasta mayo de 2007, el CICR facilitó el intercambio de casi 30.000 mensajes de Cruz Roja entre los detenidos y sus familiares, en más de 30 países.
Cuestiones jurídicas
La detención de personas capturadas o arrestadas en el contexto de la lucha contra el terrorismo debe efectuarse dentro de un marco jurídico adecuado y claro y con pleno respeto de las garantías procesales correspondientes. No se puede privar de libertad a una persona ni interrogarla fuera de un marco jurídico apropiado. Detención por razones de seguridad o para enjuiciamiento
En la lucha contra el terrorismo, el CICR considera que existen dos categorías principales de detenidos: los detenidos en relación con un conflicto armado y los detenidos fuera del contexto de un conflicto armado. Estatuto jurídico y garantías procesales
Aunque reconoce que se han hecho algunos avances, el CICR considera que, actualmente, no hay un régimen jurídico que reglamente apropiadamente el estatuto de los detenidos en Guantánamo, Bagram o Charleston, o que aclare el futuro de su detención. Detención secreta
En una entrevista realizada el 19 de octubre de 2006, el presidente del CICR, Jakob Kellenberger, explica la posición de la Institución sobre la evolución en la política y la legislación de Estados Unidos con respecto a las personas detenidas en el marco de la lucha contra el terrorismo.
El CICR ha expresado reiteradamente su preocupación con respecto a las personas detenidas en condiciones secretas y no divulgadas, y ha solicitado tener acceso a ellas (comunicado de prensa del 16.01.2004). Como dijo Jakob Kellenberger, presidente del CICR, en 2006 (comunicado de prensa del 12.05.2006), "por muy legítimas que sean las razones para la detención, no hay derecho a ocultar el paradero de una persona o a negar que está detenida". El CICR considera que todos los tipos de detención secreta son contrarios a un conjunto de disposiciones jurídicas diferentes, incluida la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas. ¿Por qué el CICR?
El CICR visita a las personas detenidas en relación con conflictos armados desde 1915, cuando sus delegados negociaron, por primera vez, el acceso a decenas de miles de prisioneros de guerra capturados durante la Primera Guerra Mundial. La práctica del CICR de visitar a los prisioneros de guerra, combatientes capturados durante un conflicto armado internacional, fue codificada en los Convenios de Ginebra de 1949, en los que son Partes todos los Estados. El artículo 3 común a los cuatro Convenios de Ginebra también confiere al CICR el derecho a solicitar acceso a las personas detenidas en relación con conflictos armados no internacionales, como las guerras civiles. De acuerdo con los Estatutos del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, el CICR también puede solicitar acceso a las personas detenidas en relación con situaciones de violencia menos intensa que un conflicto armado. Estos Estatutos fueron aprobados en 1986 por la Conferencia Internacional de la Cruz Roja, de la que participaron los Estados Partes en los Convenios de Ginebra, entre ellos Estados Unidos. Objetivo de las visitas
El papel del CICR, como organización humanitaria independiente y neutral con un mandato que le han conferido los Estados, es cerciorarse, con regularidad, de las condiciones de detención, del trato que reciben los detenidos y del respeto de las garantías judiciales fundamentales de éstos. El CICR comunica sus observaciones y formula recomendaciones para que se mejoren, si es necesario, algunos aspectos, en el marco de su diálogo confidencial permanente con las autoridades pertinentes. Por lo que atañe a la situación en Bagram, en la Bahía de Guantánamo y en Charleston, la responsabilidad de garantizar que las personas detenidas reciban el trato debido de conformidad con el DIH y otros ordenamientos jurídicos aplicables corresponde a las autoridades estadounidenses. Procedimientos
Por lo general, las visitas a los detenidos son efectuadas por un equipo especializado de delegados del CICR, así como por intérpretes y personal médico, cuando es necesario. La Institución utiliza los mismos procedimientos en todas las visitas a detenidos: Mensajes de Cruz Roja
Para la mayor parte de los detenidos y sus familiares, los mensajes de Cruz Roja son un medio importante de mantener un contacto regular y pueden ayudar a aliviar los sentimientos de aislamiento y de incertidumbre sobre el futuro. Los mensajes de Cruz Roja sólo pueden contener noticias personales y familiares y son controlados por las autoridades estadounidenses. Ésa es la modalidad que el CICR utiliza en todos los lugares de detención que visita. Liberación o traslado de detenidos
El CICR se entrevista sin testigos con cualquier detenido que vaya a ser trasladado de Guantánamo y de Bagram, a fin de darle la oportunidad de expresar cualquier temor posible de persecución, en caso de que se lo traslade a su país de origen o a un tercer país. A continuación, el CICR comunica los comentarios del detenido a las autoridades detenedoras, a las que recomienda las medidas apropiadas. La finalidad de este procedimiento es garantizar que se respete la prohibición internacionalmente reconocida de toda forma de traslado de una persona ante una autoridad si existe el riesgo de que esa persona sea objeto de malos tratos (principio de no devolución). Independientemente de la participación del CICR, las autoridades estadounidenses son las principales responsables de hacer respetar esta norma y de la aplicación de los procedimientos necesarios. Diálogo con las autoridades estadounidenses
El CICR trata todas las cuestiones relativas a la detención principalmente por medio del diálogo directo y confidencial con las autoridades estadounidenses, y periódicamente discute sus observaciones sobre las condiciones de detención en Bagram, Guantánamo y Charleston con las autoridades militares de esos lugares de detención, así como con los funcionarios estadounidenses competentes en Kabul y Washington. ¿Por qué la confidencialidad?
En todos los países donde el CICR visita lugares de detención, sus observaciones sobre las condiciones de detención y el trato de los detenidos son comunicadas directa y confidencialmente a las autoridades responsables. Bagram, la Bahía de Guantánamo y Charleston no son excepciones. Por lo tanto, el hecho de que el CICR no haga comentarios públicos sobre las condiciones de detención y el trato de los detenidos en más de 70 países en los que visita lugares de detención no debe interpretarse en el sentido de que la Institución no tiene preocupaciones al respecto. |