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Comité Internacional de la Cruz Roja
24-06-2009  Comunicado de prensa 130/09 
Afganistán: la adhesión a los Protocolos adicionales I y II es un avance histórico en la limitación del sufrimiento en tiempo de guerra
Kabul/Ginebra (CICR) – El Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) se congratula por la adhesión de la República Islámica de Afganistán a los Protocolos adicionales a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, relativos a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales (Protocolo I) y a los conflictos armados sin carácter internacional (Protocolo II), del 8 de junio de 1977.

La adhesión de Afganistán a los dos Protocolos ocurre en una fecha especial, esto es, el 24 de junio de 2009, día del 150º aniversario de la batalla de Solferino, que tuvo lugar en el norte de Italia en 1859. Este evento incitó a un hombre de negocios suizo, Henry Dunant, cuando vio el sufrimiento de miles y miles de solados heridos, a pedir la formación de "sociedades de voluntarios calificados" para asistir a los combatientes heridos en el campo de batalla. La iniciativa de Dunant llevó a la fundación del CICR y a la aprobación del Primer Convenio de Ginebra, en 1864.

En Afganistán, que ha sufrido treinta años de guerra, y donde todavía continúa el conflicto, el 96% de la población se ha visto directa o indirectamente afectada por los enfrentamientos, según el sondeo de opinión IPSOS/CICR publicado el 23 de junio. La adhesión de Afganistán a los Protocolos adicionales es, por consiguiente, motivo de gran satisfacción, en vista de la difícil situación que atraviesan los civiles en ese país. La entrada en vigor del Protocolo adicional II en Afganistán significará el fortalecimiento de normas que, hasta la fecha, se basaban en el derecho internacional consuetudinario, y que no están codificadas en tratado alguno aplicable al conflicto afgano.

Los dos Protocolos, que completan los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, reafirman y desarrollan el derecho internacional humanitario en varios aspectos. El Protocolo I, que se aplica a los conflictos armados internacionales, impone límites a la forma en que se pueden conducir las operaciones militares. El Protocolo II, que se aplica a los conflictos armados no internacionales, refuerza considerablemente la protección de las personas que no participan, o que han dejado de participar, directamente en las hostilidades y contiene disposiciones relativas a la protección de las personas civiles contra los peligros de las operaciones militares. Éstas se refieren, en especial, al trato humano que deben recibir los civiles en todas las circunstancias, al trato debido a los detenidos y a las garantías aplicables en caso de enjuiciamiento y sanción por infracciones penales cometidas en relación con el conflicto armado.

"Hay que felicitar al Gobierno afgano por haber tomado esta medida tan importante para su pueblo", dijo el jefe de Actividades Operacionales en Afganistán, Jacques de Maio. "Este derecho no acabará con la guerra, pero sí ayudará a mejorar la protección de todos los afganos, cuando se implementen los Protocolos."

El CICR está dispuesto a ofrecer sus conocimientos especializados para ayudar en la debida incorporación de los Protocolos adicionales en la legislación nacional afgana y alienta al Gobierno a hacer respetar cabalmente el derecho humanitario en todo el país.

Con la adhesión de Afganistán, el número de Estados Partes en el Protocolo I adicional se eleva a 169 y en el Protocolo adicional II, a 165.



Para más información:
Jessica Barry, CICR, Kabul, tel: ++93 700 28 27 19
Simon Schorno, CICR, Ginebra, tel.: +41 79 251 93 02


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