Décimo aniversario de la Convención sobre la prohibición de las minas antipersonal: de las minas a las municiones de racimo
Movilizarse para poner fin al empleo de armas que siguen matando una vez terminados los conflictos. Extractos de la presentación efectuada por Peter Herby, jefe de la Unidad Armas del CICR, Oslo, 18 de septiembre de 2007.
Lo que se logró cuando se negoció la Convención sobre la prohibición de las minas antipersonal aquí en Oslo, hace diez años, fue realmente excepcional. Unos cien Estados adoptaron un tratado que no incluye excepciones, ni reservas, ni tampoco lagunas. Por primera vez en la historia, se prohibía un arma que prácticamente todos los países habían empleado en forma generalizada. Esto fue posible no sólo porque se consideró que el arma era obsoleta, sino por los terribles efectos que tenía en la población civil.
Si miramos retrospectivamente, pienso que ahora podemos decir que lo que se logró fue mucho más que la prohibición de las minas antipersonal. La adopción de la Convención que prohíbe las minas conllevó también el surgimiento de una nueva norma "indicativa", que ahora forma parte de la "conciencia pública". Además, fue incorporándose lentamente en el derecho, no sólo en el marco de la Convención que prohíbe las minas, sino también en el Protocolo de 2003 sobre los restos explosivos de guerra (REG) y la Convención sobre las municiones de racimo, que se adoptará en 2008. Esta norma establece que las armas que siguen matando después de terminados los conflictos tienen efectos horrendos e inaceptables. Esta norma establece también que el precio que la población civil paga en los conflictos actuales ya es terrible, pero que el empleo de armas que siguen matando y mutilando a civiles décadas después de terminados los conflictos supera todos los límites de lo aceptable.
Si un artículo doméstico tuviera efectos colaterales dañinos en forma repetida y obvia, y por ejemplo causara heridos y muertos y tuviera un alto costo social y económico, no cabe duda de que ese artículo se prohibiría rápidamente y se sacaría del mercado. Entonces, ¿por qué durante décadas se ha considerado "normal" sembrar minas en lo que son ahora los campos de la muerte de Camboya, Afganistán, Angola y América Central, y dejar esos dispositivos en el lugar, sabiendo que pueden herir o matar a los campesinos y sus hijos? ¿Por qué se consideraba aceptable lanzar decenas de millones de municiones de racimo sobre zonas habitadas, aun cuando se sabía que gran parte de esas municiones se convertiría en restos letales, y luego dejar que las comunidades afectadas se ocuparan de resolver por sí solas el problema? ¿Y por qué se ha considerado que los miles, o incluso cientos de miles, de toneladas de municiones sin estallar que quedan esparcidas después de la mayoría de los conflictos de envergadura son un problema ajeno?
Tal vez así se pensaba en otra época, en la época de la Guerra Fría o en el período anterior a ésta. ¡Gracias a Dios esa época ha pasado! Pero, por supuesto, queda la lucha de por vida de las madres amputadas que deben criar a sus hijos, y los niños sin manos que tratan de aprender un oficio, y los campos que no pueden sembrarse, y los estómagos vacíos, porque los campos ya no dan alimentos.
Por supuesto, el legado de ese período sólo se habrá superado cuando la Convención que prohíbe las minas sea adoptada por todos los Estados, cuando los objetivos del Protocolo sobre REG se hayan logrado plenamente y las municiones de racimo que dejó la Guerra Fría se hayan eliminado por completo. Pero, a lo largo de estos diez años, hemos recorrido un largo camino.
Cuando se piensa en uno de los principales propósitos del derecho internacional humanitario —preservar a la población civil de los efectos de las hostilidades—, no cabe duda de que las armas que siguen matando provocan exactamente lo contrario. No dejan a nadie a resguardo, y pueden hacer que los costos humanos del arma sean desproporcionados con respecto a la ventaja militar obtenida. Además, dan una pobre imagen de las fuerzas que las emplean y hacen que sea más difícil alcanzar los objetivos políticos de las operaciones militares.
En los diez años que han pasado desde la adopción de la Convención sobre la prohibición de las minas, aquí en Oslo, creo que es justo decir que ahora existe una norma y que se espera de los Estados que hagan todo lo posible para evitar el empleo de armas que siguen matando y asuman las responsabilidades que tienen con respecto a los restos explosivos de guerra. En realidad, con respecto a las minas antipersonal, un estudio que realizó el CICR a lo largo de diez años, ha llegado a la conclusión de que las precauciones que deben tomarse para proteger a los civiles, incluida la señalización, el vallado y la remoción de las minas, forman parte del derecho internacional humanitario consuetudinario, vinculante para todas las partes en todos los conflictos.
Pero el trabajo no está terminado. Aplicar las normas, sean vinculantes o indicativas, y prevenir su erosión es muy difícil, y tal vez se requiera más persistencia que la que exigió la creación de esas normas. Con la perspectiva de estos diez años, también podemos ver los desafíos que se plantean como nunca antes los vimos. Podría mencionar algunos:
Convención sobre la prohibición de las minas: estamos entrando en una de las etapas más críticas:
abordar la cuestión de los plazos para el desminado que comienzan en 2009 de modo tal que se mantenga la credibilidad del tratado y se ejerza la máxima presión posible sobre los Estados para que finalicen sus tareas dentro de los plazos exigidos o dentro de plazos prorrogados pero en un período realista y debidamente planificado;
abordar la cuestión del respeto de los compromisos: garantizar que la prolongación de los plazos no permita el empleo de facto de las minas antipersonal (si, por ejemplo, no se efectúa el desminado) y responder o, incluso mejor, prevenir la violación del plazo para la destrucción no prorrogable por uno de los Estados que más reservas tienen de esas armas.
No podemos concentrarnos sólo en lo que hemos logrado y dejar estas cuestiones para más adelante. Deben abordarse en los próximos seis a doce meses, si no deseamos que el tratado resulte debilitado a largo plazo.
Restos explosivos de guerra - Hoy en día sólo disponemos de un plan de acción en el marco del Protocolo relativo a los restos explosivos de guerra, pero lo que necesitamos es una reglamentación tan ambiciosa y bien estructurada como la Convención sobre la prohibición de las minas.
Necesitamos que los Estados Partes en el Protocolo, en su primera reunión en noviembre, se comprometan a aplicar el instrumento.
Cada Estado debe establecer un mecanismo para registrar, conservar y proporcionar información sobre todas las municiones que ha empleado.
El Protocolo debe ofrecer un foro para abordar el problema de los REG existentes.
Municiones de racimo – Es necesario seguir intensificando la dinámica iniciada, a través de moratorias nacionales con miras a concluir, en 2008, un tratado sólido que prohíba las municiones de racimo que no sean precisas ni fiables, ejerciendo la mayor presión posible sobre las grandes potencias que aún no han decidido si van a abordar este problema o cómo van a proceder.
Minas antivehículos – Éstas también son armas que siguen matando después de terminado un conflicto. Lamentablemente, la falta de controles del uso de minas antivehículos es la laguna principal en el conjunto de los instrumentos jurídicos que rigen ese ámbito. El hecho de que los Estados Partes en la Convención sobre Ciertas Armas Convencionales no hayan logrado, después de cuatro años de debates, ponerse de acuerdo sobre nuevas restricciones es el fracaso más contundente en este ámbito en los últimos diez años. Plantea cuestiones sobre la práctica del consenso para la adopción de nuevas normas en ese marco de negociación. Insto a los 25 Estados que se han comprometido conjuntamente a introducir nuevas restricciones a informar públicamente sobre sus avances en la materia, a fin de mantener la presión sobre el tema.
Recursos - La última dificultad, persistente, concierne la movilización de los recursos para las tareas de remoción de las minas y los REG. Cada nuevo conflicto, sobre todo los que son muy mediatizados, da lugar a una movilización de recursos momentánea. Pero con frecuencia esto dura poco, y el ritmo de las tareas de remoción en los conflictos menos visibles u olvidados suele ser terriblemente insuficiente. Incluso los programas de remoción más importantes, como los que se realizan en Afganistán, deben luchar cada año para evitar despedir personal. En América Latina, los especialistas en remoción capacitados recientemente por la OEA fueron despedidos después de la capacitación, por falta de fondos.
A pesar de que podemos estar agradecidos de que la financiación se ha mantenido estable en los últimos diez años, deberíamos mirar esta cuestión en perspectiva. El nivel de fondos destinado a la remoción de las minas heredadas de un número creciente de conflictos se ha mantenido estable, y el total global disponible apenas se compara con el costo de funcionamiento del servicio de bomberos de una gran ciudad o con la construcción de un avión de combate. Esto significa que muchos accidentes prevenibles causados por la actual contaminación por las minas se producirán por falta de recursos para la limpieza. Se necesitan más fondos y una financiación duradera, ahora y para los tiempos venideros, hasta que los efectos de nuestros esfuerzos de prevención den resultado.
Para concluir, me gustaría instarlos a que se consideren, al igual que nosotros, guardianes de la Convención sobre la prohibición de las minas, así como también de la norma más amplia a la que ha dado origen: hay que poner fin a las armas que siguen matando después de terminados los conflictos. Y ello debe hacerse en la etapa de diseño de las armas y a través de la destrucción de las reservas existentes de armas problemáticas; a través de la remoción de las minas y, en el caso de las minas antipersonal y de las municiones de racimo que no son precisas ni fiables, a través de la prohibición total de su empleo.
Cuando, en 2008, se adopte el tratado sobre las municiones de racimo, tendremos un marco normativo más amplio para asegurar que los futuros conflictos no dejen una mezcla letal de explosivos que harían lo que a ningún combatiente se le permite hacer: seguir matando años después de terminado un conflicto. Las normas pueden consagrarse en diferentes instrumentos jurídicos, pero se construyen con la misma base moral. Si no abordamos los problemas que se nos plantean o no tenemos en cuenta alguno de los instrumentos jurídicos de que disponemos, sobre las minas, las municiones de racimo o los REG, comprometeremos la seguridad de las posibles víctimas. El éxito en un aspecto fácilmente podría verse opacado por la falta de acción en otro.
Si realmente sabemos aprovechar la visión audaz y ambiciosa alimentada por el movimiento que promueve la prohibición de las minas, es posible creer que, dentro de diez años, cuando miremos hacia atrás, veremos un período donde las minas antipersonal habrán sido eliminadas por todos los Estados, donde se aplicará un sólido tratado sobre las municiones de racimo y donde se habrá eliminado la amenaza de los REG a través de la prevención o de la remoción de las municiones sin estallar.