Para lograr el respeto de las garantías debidas a las víctimas de los conflictos armados, en el artículo 90 del Protocolo I de1977 adicional a los Convenios de Ginebra de 1949 (Protocolo I) se prevé la constitución
de una Comisión Internacional de Encuesta. Dicha Comisión, formada oficialmenteen 1991, es un órgano permanente cuyo cometido primordial es investigar todas las quejas por presuntas infracciones o violaciones graves del derecho internacional humanitario. La Comisión es, en sí, un mecanismo importante que vela por la aplicación y la observancia del derecho internacional humanitario en tiempo de conflicto armado
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