El poder de las palabras: la retórica peligrosa del

El poder de las palabras: la retórica peligrosa del "terrorista"

Si bien los actos de terrorismo están prohibidos por una amplia variedad de regímenes jurídicos a nivel internacional, regional y local (incluso por el derecho internacional humanitario, o DIH, durante los conflictos armados), no existe una definición universal de "terrorismo" provista por el derecho internacional. Pese a la falta de claridad, se utiliza una retórica deshumanizante en diferentes contextos en los que personas o grupos son calificados como "terroristas". Es una tendencia peligrosa, en particular porque esta demonización podría impactar en los organismos humanitarios y las poblaciones civiles que son vistos como asociados a los "terroristas" durante los conflictos armados.
Artículo 09 abril 2021

Por Ellen Policinski

El origen del concepto de "terrorismo" se remonta a la Revolución francesa, pero los medios y métodos que se usan para causar terror están en constante evolución.

Hoy en día, el terrorismo es un fenómeno mundial que, si bien ocurre en tiempos de paz y de guerra, suele relacionarse con los conflictos armados. A nivel mundial, el número de muertes causadas por el terrorismo disminuye desde 2014, pero sus efectos aún se sienten en más países que en 2001. El extremismo de derecha está en aumento, y el terrorismo local vuelve a ser noticia, en especial en Europa, Estados Unidos y la región de Asia y el Pacífico.

La deshumanización del "enemigo" es una práctica antigua de la propaganda bélica. Adama Dieng, el asesor especial del secretario general de la ONU para la prevención del genocidio, ha declarado que los genocidios comienzan con la deshumanización. Otros académicos sostienen que la percepción de que ciertas personas son menos que humanas es una precondición necesaria para otras atrocidades.

El CICR se ha referido a la discriminación, el ostracismo y la retórica deshumanizante que enfrentan las personas acusadas de ataques terroristas, sus familias y otras personas vinculadas a ellas, que pueden crear un sentido de excepcionalidad y así propiciar que las prácticas contra el terrorismo justifiquen el uso de tácticas que de otro modo se consideran inaceptables, incluidos crímenes de guerra e incluso tortura.

El término "combatiente extranjero" en el discurso internacional da cuenta de esta práctica. No es un término específico del derecho internacional humanitario, pero ¿cómo se aplican los principios y las normas del DIH a estos combatientes? Francia y Dinamarca están entre los países que afrontaron este desafío, al demostrar que es posible tratar casos de combatientes nacionales que regresan del campo de batalla en Siria e Irak según el derecho interno vigente y las obligaciones jurídicas internacionales. Sin embargo, muchas de estas personas y sus familias son forzadas a vivir en condiciones infrahumanas, pues se las considera, con total falta de ética, menos que seres humanos.

Las duras lecciones de la guerra

La aplicabilidad del DIH en la lucha contra el terrorismo suele ser cuestionada en la retórica política, y es uno de los principales desafíos que enfrentan, en la actualidad, los juristas especializados en derecho humanitario. Los discursos relativos a la lucha contra el terrorismo a menudo implican, e incluso declaran expresamente, que "las normas no son aplicables", sobre todo en lo relativo a la detención o el uso de fuerza letal, porque la amenaza es muy grande o el enemigo muy complejo.

Es una lectura ingenua de las normas aplicables en la guerra y en otras situaciones extremas, elaboradas específicamente para aplicarse en las peores circunstancias o cuando las emociones son difíciles de controlar. En particular, los Convenios de Ginebra de 1949, negociados luego de la Segunda Guerra Mundial por quienes habían sobrevivido una guerra brutal, intentaron plasmar algunas de las duras lecciones aprendidas para prevenir el sufrimiento en el futuro. En la lucha contra el horrible fenómeno del terrorismo por parte de la comunidad internacional, es importante atender estas lecciones para reconocer que hay límites en lo que puede y debe hacerse para combatir esta amenaza.

Además, cuando no cumplen con las obligaciones internacionales, las medidas de lucha contra el terrorismo pueden volverse dañinas, socavar los intereses a largo plazo de un Estado y alimentar extremismos en lugar de combatirlos.

El impacto de la demonización en la asistencia humanitaria

Preocupa gravemente que la retórica relativa al "terrorismo" se vea reflejada en la forma en que los Estados se dirigen a las poblaciones civiles asociadas con actores denominados "terroristas", así como a los organismos humanitarios que intentan brindar protección y asistencia para salvar vidas.

Como respuesta a los ataques terroristas, los Estados, las organizaciones regionales y las Naciones Unidas han tomado varias medidas dirigidas a los perpetradores de esos ataques. En el intento legítimo de garantizar su seguridad, los Estados deben mantener las salvaguardas que protegen la vida y la dignidad humanas establecidas en las normas aplicables del DIH y del derecho internacional de los derechos humanos, incluidas las normas que protegen a la población civil que vive en los territorios controlados por grupos denominados terroristas, y su derecho a la asistencia médica y humanitaria neutral e imparcial.

La calificación de un grupo armado no estatal como "terrorista" significa que probablemente figure en las listas de organizaciones terroristas proscritas que conservan las Naciones Unidas, las organizaciones regionales y los Estados. Lograr el equilibrio entre los fines políticos del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y los requerimientos del derecho internacional, incluido el DIH, exige mucha destreza.

El impacto de las medidas contra el terrorismo en los niños y niñas es un área que pone de relieve la tensión entre las consideraciones humanitarias y las relativas a la seguridad, así como el contraste de cómo los niños que estuvieron asociados a grupos "terroristas" pueden ser reflejados en las políticas.

Los organismos humanitarios también quedan atrapados en el medio, y continúan expresando su preocupación de que que las restricciones impuestas a la asistencia para combatir el terrorismo podrían tener consecuencias indirectas e incongruentes con los principios humanitarios. Algunos, incluso, temen ser juzgados por brindar asistencia.

La prohibición, en algunas normas de derecho penal, de actos denominados generalmente como "apoyo material", "servicios" y "asistencia a" organizaciones terroristas o "asociación con" estas tendría como consecuencia, en la práctica, la criminalización de las actividades esenciales de las organizaciones humanitarias y de su personal. La potencial criminalización de las acciones humanitarias por su interacción con grupos armados no estatales denominados "organizaciones terroristas" puede reflejar que la noción de labor humanitaria neutral, independiente e imparcial se ha visto socavada por propaganda peligrosa y contraproducente.

Artículo publicado originalmente en nuestro blog Humanitarian Law & Policy.