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Llamados a la acción a las partes en conflicto en Colombia

Personas de una comunidad rural en Colombia están sentadas en grupo mientras conversan con representantes del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), en un entorno comunitario.
  • Las partes de los conflictos armados deben adoptar todas las precauciones factibles para evitar o reducir al mínimo los efectos de las hostilidades sobre quienes no participan o han dejado de participar en ellas, así como sobre los bienes de carácter civil. Esto implica evitar que los enfrentamientos se desarrollen en zonas pobladas y abstenerse de emplear medios y métodos de guerra con efectos indiscriminados, que causen daños excesivos o generen sufrimientos superfluos o innecesarios.
  • El trato humano debe garantizarse en todas las circunstancias. Las personas que no participan en las hostilidades, o que han dejado de hacerlo, deben ser respetadas y protegidas conforme al DIH. Las partes en conflicto están obligadas a cumplir y hacer respetar estas normas. Su observancia es esencial para preservar la dignidad humana y limitar el sufrimiento.
  • Reiteramos el llamado a todas las partes de los conflictos armados en Colombia a respetar la protección especial que el DIH confiere a niños, niñas y adolescentes. Ninguna persona menor de 18 años debe ser reclutada, usada o involucrada en las hostilidades, en ninguna circunstancia. Protegerlos de la guerra es salvaguardar su integridad física, psicológica y social. Las escuelas y los espacios donde crecen, aprenden y se desarrollan deben preservarse como lo que son: entornos seguros y protectores de la infancia.
  • Nadie debería desaparecer, y ninguna familia debería tener que soportar la incertidumbre por no saber qué ocurrió ni dónde se encuentra su ser querido. Prevenir la desaparición de personas es una obligación que impone el DIH a todas las partes de los conflictos armados. 
  • Reiteramos el llamado a todas las partes en los conflictos armados a respetar la vida y la dignidad de las personas privadas de libertad. Todas las personas privadas de libertad deben ser tratadas con humanidad en toda circunstancia y protegidas contra la violencia, los malos tratos y cualquier forma de trato cruel, inhumano o degradante. Garantizar condiciones de detención dignas, el acceso a atención de salud y el contacto con sus familiares es una obligación en virtud del DIH.

Desde 1863, el Comité Internacional de la Cruz Roja trabaja para aliviar el sufrimiento y preservar la dignidad
humana en contextos de guerra y violencia armada. Brindamos asistencia humanitaria a ambos lados de la línea
del frente, promovemos el trato humano de las personas detenidas e instamos al cumplimiento de la obligación
impuesta por el derecho internacional humanitario de proteger a la población civil, incluso de los peligros
en el ámbito digital.