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Procedimiento penal - Ficha técnica

La represión de los crímenes de guerra así como de los crímenes de lesa humanidad y del crimen de genocidio, cualquiera que sea la nacionalidad del autor o el lugar donde fueron cometidos es fundamental para el respeto del derecho internacional y el interés de la justicia. Incumbe a los Estados la responsabilidad primera de reprimirlos. El respectivo derecho penal material y procesal, así como el respectivo sistema judicial de los Estados deben permitirles perseguir y juzgar a los presuntos autores de dichos crímenes. También han de estar capacitados para ofrecer la asistencia requerida, cuando se inicia un procedimiento con esa finalidad en el extranjero o por parte de una jurisdicción internacional. Habida cuenta especialmente de la índole en sí de esos crímenes, el derecho internacional impone algunas condiciones, a las que deben ajustarse las acciones judiciales y los juicios nacionales. Siempre que éstas se respeten, los Estados tienen libertad para elegir las normas de procedimiento que aplicarán.

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