Guerra aérea y guerra naval

29-10-2010 Introducción

Todos los conflictos armados están regidos por las normas y los principios del derecho internacional humanitario, independientemente de dónde se encuentre el teatro de operaciones, en tierra, aire o mar. Sin embargo, algunos tratados y algunas normas de derecho consuetudinario se refieren específicamente a determinados aspectos de la guerra aérea y de la guerra naval.

Hasta la Primera Guerra Mundial, la guerra naval estuvo regulada principalmente por los tratados de La Haya y por el derecho consuetudinario. Sin embargo, los métodos y medios de guerra empleados durante ese conflicto, en particular el uso de submarinos y los ataques contra buques neutrales, plantearon diversas cuestiones acerca de la aplicación del DIH. En la Segunda Guerra Mundial, los ataques arbitrarios contra los buques hospitales y contra buques de la Cruz Roja que transportaban socorros volvieron a plantear la cuestión de si se estaba respetando el principio de proporcionalidad entre las necesidades militares y las necesidades humanitarias existente en el derecho naval consuetudinario.

En las guerras navales de las islas Falkland/Malvinas, en la guerra entre Irán e Irak y en la guerra del Golfo, volvieron a surgir cuestiones relativas a la seguridad de los civiles, el uso de bloqueos y zonas de exclusión en el mar. Sin embargo, la comunidad internacional no consideró la posibilidad de adoptar un nuevo tratado para regular la guerra naval. En cambio, los gobierno, un grupo de expertos, el CICR y numerosas Sociedades Nacionales elaboraron directrices no vinculantes, reunidas en el Manual de San Remo de 1994.

En lo esencial, el Manual reafirma y actualiza la interpretación del DIH tal como se aplica a la guerra naval.

Clarifica la aplicación del principio de distinción en el mar, basado en el Protocolo adicional I de 1977 a los Convenios de Ginebra. Para ello, establece una definición de objetivo militar. Podrán ser objetivos militares los buques de guerra, así como los buques mercantes y auxiliares que contribuyen directamente a la acción militar del enemigo. El Manual establece una lista de actividades por las cuales un buque no militar podría convertirse en un objetivo militar legítimo. Entre esas actividades se cuentan: colocar minas, transportar tropas, recopilar información del enemigo, navegar en convoy con un buque militar, desobedecer una orden de detenerse u ofrecer resistencia activa a ser registrado, transportar material militar significativo.

Análogamente, el Manual establece una lista de los buques que no pueden ser objeto de ataques, como los buques hospitales, las embarcaciones costeras de salvamento, los buques que trasladan prisioneros de guerra, los buques de pasajeros cuando sólo transportan personas civiles, las naves dedicadas a la pesca costera y los botes salvavidas.

El Manual se limita, ante todo, a la aplicación del derecho internacional humanitario en el mar durante los conflictos armados. La Convención de 1982 sobre el derecho del mar aborda cuestiones jurídicas más generales de derecho internacional público. Sin embargo, el Manual reafirma que el DIH no puede ignorarse en circunstancias contempladas por ese derecho, como las zonas de exclusión.

En comparación con la guerra naval, la guerra aérea es relativamente moderna. Los globos existían antes de que se inventaran las aeronaves y se reglamentara su empleo en 1899. Pero las aeronaves no se emplearon en la guerra hasta los primeros años del siglo XX.

Durante la Segunda Guerra Mundial, se recurrió ampliamente a las aeronaves. La batalla de Bretaña fue una batalla aérea; la guerra en el Pacífico dependió de la estrecha integración de la fuerza aérea y la fuerza naval. Los bombardeos perpetrados en la Segunda Guerra Mundial se cobraron numerosas vidas de civiles y contribuyeron a que se exigiera una reglamentación, la que finalmente se plasmó en los cuatro Convenios de Ginebra y, más tarde, en sus Protocolos adicionales.

Si bien hasta ahora los Estados no han aprobado un reglamento específico de la guerra aérea moderna, no cabe duda de que los principios y las normas generales del DIH le son aplicables. Los bombardeos aéreos, por ejemplo, deben conducirse conforme a los principios del DIH y distinguir entre los objetivos militares y las personas y los bienes civiles, y deben ser proporcionados.

Evidentemente, los convenios internacionales que prohíben el empleo de varias armas, por ejemplo las armas químicas y bacteriológicas, son directamente pertinentes por lo que respecta a la guerra aérea.  

A las operaciones navales como a las aéreas se aplica la obligación de no causar daños ambientales innecesarios a la tierra o al mar, o privar a la población civil, sin justificación alguna, de sus medios de supervivencia. Los bienes culturales también están protegidos por el DIH contra los ataques aéreos y navales.

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