Preguntas más frecuentes sobre las leyes de la guerra

19 octubre 2016

Incluso las guerras tienen normas. ¿Qué significa esto?

Significa:

Que no se debe atacar a personas civiles. Que se debe limitar lo más posible los efectos de la guerra en las mujeres y los niños, así como en otras personas civiles. Que se debe dar un trato humano a las personas detenidas. Que no se debe torturar a nadie.

Derecho internacional humanitario: ¿de qué se trata?

El derecho internacional humanitario (DIH) es un conjunto de normas que, por motivos humanitarios, procura limitar los efectos de los conflictos armados. Protege a las personas que no participan o que han dejado de participar en las hostilidades (en particular, médicos, personal humanitario, miembros de tropas heridos, enfermos y náufragos, prisioneros de guerra u otros detenidos), e impone límites a los métodos y medios de guerra (por ejemplo, al uso de ciertas armas). El DIH también se conoce como "el derecho de la guerra" o "el derecho de los conflictos armados".

El DIH está formado por tratados (los principales son los Convenios de Ginebra y sus Protocolos adicionales) y el derecho internacional consuetudinario.

¿Cuándo se aplica el DIH?

El DIH se aplica solo en situaciones de conflicto armado. Salvo algunas obligaciones que deben implementarse en tiempo de paz (por ejemplo, adopción de legislación, enseñanza y formación en DIH), este derecho no se aplica fuera de conflictos armados.

El DIH ofrece dos sistemas de protección: una para los conflictos armados internacionales (CAI) y otra para los conflictos armados no internacionales (CANI). Los CAI son conflictos armados entre dos o más Estados. Los CANI son enfrentamientos de fuerzas armadas gubernamentales contra uno o más grupos armados no estatales, o entre estos grupos. Las normas aplicables dependen de si la situación es un conflicto armado internacional o no internacional.

Algunas normas del DIH siguen confiriendo protección a las víctimas de conflictos armados aún cuando estos han finalizado (por ejemplo, a las personas detenidas o desaparecidas).

¿Quién está obligado por el DIH?

El DIH es universal: todas las partes que se enfrentan en un conflicto están obligadas a respetar el DIH, así sean fuerzas gubernamentales o grupos armados no estatales.

Los Convenios de Ginebra, que son el eje del DIH, han sido ratificados por los 196 Estados del mundo, por lo que el DIH es un conjunto de normas jurídicas universales. Muy pocos tratados internacionales han obtenido este nivel de apoyo. Los Convenios están complementados por los dos Protocolos adicionales de 1977: el primero regula los conflictos armados internacionales; el segundo regula los conflictos armados no internacionales. En 2005, se aprobó el Tercer Protocolo adicional, que crea el emblema del cristal rojo (emblema que se suma a los de la cruz roja y la media luna roja). Hoy en día, 174 Estados son Partes en el Protocolo adicional I, 169, en el Protocolo adicional II y 79, en el Protocolo adicional III.

Además de los tratados, el derecho consuetudinario puede llenar algunos vacíos cuando los tratados no son aplicables o cuando el derecho convencional está menos desarrollado, como sucede con los CANI. Las normas del derecho consuetudinario obligan a todas las partes en conflictos armados.

¿A quiénes se considera "prisioneros de guerra"?

En términos simples, son "prisioneros de guerra" los combatientes que han caído en manos del enemigo en un conflicto armado internacional. Los combatientes pueden ser miembros de las fuerzas armadas regulares, así como de milicias o de otros grupos o bien ser voluntarios, si pertenecen a una parte en conflicto y reúnen ciertas condiciones. Un pequeño número de no combatientes, como médicos, periodistas, contratistas y miembros civiles de las tropas, también tienen derecho a recibir el estatuto de prisioneros de guerra cuando pertenecen a las fuerzas armadas o tienen un permiso especial para acompañarlas. También existe la posibilidad de que personas civiles que toman las armas espontáneamente en un levantamiento en masa reciban el estatuto de prisioneros de guerra. El estatuto de prisionero de guerra está regulado por el Tercer Convenio de Ginebra y el Protocolo adicional I.

¿Qué tipo de trato tienen derecho a recibir los prisioneros de guerra?

A lo largo de su internamiento, los prisioneros de guerra deben ser tratados con humanidad en todas las circunstancias. Están protegidos contra todo acto de violencia, así como contra intimidaciones, insultos y la curiosidad pública. El DIH también establece condiciones mínimas para el internamiento de prisioneros de guerra, por ejemplo, respecto del alojamiento, la alimentación, la ropa, la higiene y la asistencia médica.

Los prisioneros de guerra no pueden ser enjuiciados por haber participado directamente en las hostilidades, pero sí por posibles crímenes de guerra. Su internamiento no es una forma de castigo; la finalidad es impedirles seguir participando en el conflicto. Los prisioneros de guerra deben ser liberados y repatriados sin demora cuando hayan finalizado las hostilidades activas.

Durante los conflictos armados internacionales, el CICR tiene derecho a visitar a prisioneros de guerra a fin de verificar que el trato que reciban y las condiciones en que se encuentren detenidos sean acordes al DIH.

¿Qué sucede con las personas civiles privadas de libertad? ¿El DIH las protege?

Durante los conflictos armados, es posible que también se prive de libertad a personas civiles. El DIH solo permite el internamiento de personas civiles protegidas si es absolutamente necesario para la seguridad de la parte que las detiene. El internamiento nunca puede usarse como forma de castigo. Esto significa que los internados deben ser liberados tan pronto como hayan desaparecido las razones que hicieron necesario su internamiento.

Las personas deben ser informadas del motivo de su internamiento y deben poder impugnar la decisión de internarlas. El DIH prevé asimismo condiciones de detención mínimas, que abarcan cuestiones como el alojamiento, la alimentación, la ropa, la higiene y la asistencia médica. Se debe permitir que los internados civiles intercambien noticias con sus familiares.

Se debe dar un trato humano a los internados civiles en todas las circunstancias. El DIH los protege contra todo acto de violencia, así como contra intimidaciones, insultos y la curiosidad pública. Los internados civiles tienen derecho al respeto de su vida, su dignidad, sus derechos personales, políticos y religiosos, y sus convicciones.

Durante los conflictos armados internacionales, el CICR tiene derecho a visitar a internados civiles a fin de verificar que el trato que reciban y las condiciones en que se encuentren detenidos sean acordes al DIH.

¿Qué protección confiere el DIH a los heridos, los enfermos y los náufragos?

Se considera "heridos y enfermos" a todas las personas civiles o militares que, en un conflicto armado, necesiten atención médica y no estén participando en las hostilidades. Los heridos, los enfermos y los náufragos, independientemente de la parte a la que pertenezcan, deben ser respetados y protegidos.

Los heridos y los enfermos deben ser respetados y protegidos en todas las circunstancias. Esto significa que no se los puede atacar, matar o maltratar, y que las partes deben adoptar medidas para ayudarlos y protegerlos contra los daños. Las partes en conflicto deben tomar todas las medidas posibles para buscar y recoger a los heridos y a los enfermos. Para decirlo simplemente, las partes en conflicto deben brindarles la mejor atención posible lo más pronto posible. Solo pueden establecerse prioridades de tratamiento por motivos médicos.

En el caso de los conflictos armados internacionales, el trato debido a los heridos, los enfermos y los náufragos está establecido exhaustivamente en los Convenios de Ginebra I, II y IV, y en el Protocolo adicional I así, como en las normas consuetudinarias. En el caso de los conflictos armados no internacionales, el trato debido está establecido en el artículo 3 común, el Protocolo adicional II y las normas consuetudinarias.

¿Qué deben hacer las partes en un conflicto armado respecto de las personas que desaparecen? ¿Y respecto de las personas que fallecen?

Según el DIH, las partes en conflictos armados deben evitar que las personas desaparezcan o se separen de sus seres queridos. Si, de todos modos, ocurren desapariciones, las partes en conflicto deben hacer lo necesario para averiguar qué les sucedió y dónde se encuentran, y comunicarse con los familiares.

Para prevenir la desaparición de personas y la separación de familiares, la comunicación es fundamental. Por ejemplo, el DIH establece que las partes en un conflicto armado deben registrar los datos de las personas privadas de libertad y permitirles intercambiar correspondencia con sus familiares. Asimismo, deben registrar toda la información disponible relativa a las personas fallecidas y tomar las medidas necesarias para que la gestión de los restos humanos se efectúe con dignidad. Durante los conflictos armados internacionales, las partes también deben usar sus Oficinas Nacionales de Información para recoger información sobre todas las personas protegidas que estén en su poder, vivas o muertas, y transmitir esa información a la Agencia Central de Búsquedas.

Las partes en un conflicto armado deben tomar todas las medidas posibles para dar con el paradero de las personas desaparecidas, separadas o fallecidas, así como para brindar información a los familiares y facilitar el restablecimiento del contacto entre familiares. Esto implica buscar, recoger y evacuar los cadáveres y facilitar su devolución a los familiares, a pedido de estos.

Algunas obligaciones del DIH relativas a las personas desaparecidas siguen vigentes incluso después de finalizado el conflicto.

¿Qué sucede si hay una ocupación? ¿Qué protecciones se aplican?

Según el DIH, la ocupación es una forma de conflicto armado internacional. Una ocupación ocurre cuando el territorio de un Estado queda colocado de hecho bajo la autoridad de un ejército enemigo. La ocupación no se extiende sino a los territorios donde esa autoridad esté establecida y en condiciones de ejercerse. Cuando un Estado consiente en la presencia de tropas extranjeras, no hay ocupación.

Además de las protecciones generales conferidas a la población civil, las personas civiles que viven en territorios ocupados tienen derecho a protección específica con el objetivo de prevenir abusos por parte de la potencia ocupante. Estas protecciones están establecidas en el Convenio de Ginebra IV y en el Reglamento de La Haya de 1907, así como en normas consuetudinarias.

En general, el derecho de la ocupación establece un equilibrio entre las necesidades de seguridad de la potencia ocupante, por un lado, y los intereses de la potencia ocupada y la población local, por otro. Algunas de las responsabilidades de la potencia ocupante son la gestión de los bienes públicos, el funcionamiento de los establecimientos educativos, la existencia y el funcionamiento de servicios médicos, la autorización para que se realicen actividades de socorro, así como para que organizaciones humanitarias imparciales, como el CICR, desempeñen su labor. A la vez, la potencia ocupante tiene algunos derechos, que pueden adoptar la forma de medidas de restricción sobre la población local, cuando la necesidad así lo requiera.

¿Qué establece el DIH sobre las personas refugiadas y las personas desplazadas internamente?

Son "personas refugiadas" las que han cruzado una frontera internacional debido a un temor fundado de sufrir persecución en su propio país. Las personas pueden llegar a ser refugiadas por diferentes motivos, en particular motivos vinculados con un conflicto armado. El DIH protege a las personas refugiadas, especialmente cuando se encuentran en un territorio donde está teniendo lugar un conflicto armado. Además de las protecciones generales conferidas a la población civil, las personas refugiadas tienen derecho a recibir ciertas protecciones específicas en los conflictos armados internacionales.

Las personas internamente desplazadas (PID) son personas que no han cruzado una frontera internacional pero que han sido obligadas a huir de sus hogares. Las PID gozan de las protecciones generales conferidas a todas las personas civiles. Además, normas específicas del DIH establecen que, en caso de desplazamiento, se deben adoptar todas las medidas posibles para brindar condiciones satisfactorias de alojamiento, higiene, salud, seguridad y nutrición y para no separar a los miembros de una misma familia.

Cuando se las respeta debidamente, las normas del DIH también pueden ayudar a prevenir los desplazamientos, por ejemplo, mediante la prohibición de hacer padecer hambre a la población civil y de destruir los bienes indispensables para la supervivencia. El DIH prohíbe los desplazamientos forzados, salvo por la seguridad de las personas civiles o por razones militares imperiosas.

¿De qué forma el DIH protege a las mujeres?

En los conflictos armados, las mujeres pueden ser víctimas, combatientes, testigos y actores de influencia. Gozan de las protecciones generales conferidas a las personas civiles o a los combatientes, según cual sea su estatuto. El DIH prohíbe la discriminación por motivos de sexo o género.

Las mujeres también quedan a expuestas a riesgos debido a las restricciones que se les imponen y sufren desproporcionadamente los efectos de algunos tipos de violencia, como la violencia sexual. El DIH aborda esos riesgos, en especial mediante la prohibición de la violación, la prostitución forzada o cualquier otra forma de atentado al pudor de todas las personas. Una infracción de estas prohibiciones puede constituir un crimen de guerra.

Además, el DIH establece que se debe dar un trato específico a las prisioneras de guerra y a las internadas civiles, así como a las embarazadas, Se debe respetar su protección específica, así como su salud y sus necesidades de asistencia. Por ejemplo, las mujeres, los hombres, los niños y las niñas de diferentes edades y orígenes pueden tener necesidades médicas diferentes y estar expuestos a diferentes riesgos que les impiden recibir la misma atención. Es importante tener en cuenta las perspectivas de las mujeres y de los hombres de diferentes edades y orígenes.

¿De qué forma el DIH protege a niños y niñas?

Los niños y las niñas son especialmente vulnerables en situaciones de conflicto armado. Sus necesidades también dependen de factores como la edad, la condición socioeconómica y la discapacidad.

Los niños y las niñas gozan de protección general como personas civiles conforme al DIH y también gozan de protecciones especiales. Por ejemplo, se les debe dar un acceso acorde a su edad a los alimentos y a la asistencia de salud; y se deben tomar medidas para facilitar su acceso continuo a la educación.

El DIH también prohíbe el reclutamiento de niños y niñas en las fuerzas armadas o en los grupos armados, y las partes no deben permitirles participar en las hostilidades. Le edad del reclutamiento voluntario u obligatorio lícito depende de los tratados en los que cada Estado sea Parte. La mayoría de los Estados son Partes en el Protocolo facultativo relativo a la participación de niños en conflictos armados, que establece la edad del reclutamiento obligatorio y la participación directa en las hostilidades en dieciocho años. Este instrumento también confiere a los niños y las niñas que han sido reclutados ilícitamente el derecho a recibir asistencia para su recuperación física y psicológica y su reintegración social.

Algunos Estados han suscrito los Compromisos de París y los Principios sobre los niños asociados con fuerzas armadas y grupos armados, que brindan más orientación sobre el trato y la reintegración de niños y niñas reclutados ilícitamente.

¿El DIH protege a las personas con discapacidad?

Sí. Por supuesto, cuando son personas civiles o que están fuera de combate, las personas con discapacidad tienen derecho a recibir todas las protecciones establecidas por el DIH. Además, ya en 1949, los redactores de los Convenios de Ginebra reconocieron que las personas con discapacidad necesitaban protección específica durante los conflictos armados. El DIH establece que las partes en conflictos armados deben respetar a las personas con discapacidad y conferirles protección especial, como en las normas referidas al internamiento y las evacuaciones de zonas sitiadas o rodeadas.

Las interpretaciones contemporáneas del DIH y de los derechos de las personas con discapacidad subrayan sus necesidades específicas y los obstáculos que pueden encontrar, así como los riesgos particulares a las que están expuestas en situaciones de conflicto armado. Esos riesgos y obstáculos específicos también deben tenerse en cuenta en la interpretación de las normas del DIH sobre la conducta de los civiles, como las obligaciones de tomar todas las medidas de precaución posibles.

¿El DIH contiene normas sobre la tortura?

Sí. La tortura y otras formas de malos tratos están absolutamente prohibidas en todo lugar y en todo momento. El DIH y el derecho internacional de los derechos humanos (DIDH) se complementan mutuamente para formar un conjunto completo de normas que previenen y castigan los actos de tortura y otras formas de malos tratos. Los Estados han acordado que no puede haber excusa para la tortura. El sufrimiento causado por esas prácticas puede tener efectos profundamente perturbadores en las víctimas, que con frecuencia se prolongan durante años.

¿Cuáles son los principales principios que rigen la conducción de las hostilidades?

Las normas del DIH relativas a la conducción de las hostilidades tienen la finalidad de establecer un equilibrio entre la necesidad militar y la humanidad, procurando, sobre todo, proteger a las personas civiles de los ataques y los efectos de las hostilidades.

Principio de distinción

Las partes en un conflicto armado "harán distinción en todo momento entre población civil y combatientes, y entre bienes de carácter civil y objetivos militares y, en consecuencia, dirigirán sus operaciones únicamente contra objetivos militares". El DIH prohíbe los ataques dirigidos contra personas civiles, así como los ataques indiscriminados, es decir, los ataques que alcanzan objetivos militares y personas civiles y bienes de carácter civil sin distinción.

Principio de proporcionalidad

El DIH prohíbe los ataques de los que quepa prever que causen daños civiles incidentales que serían excesivos en relación con la ventaja militar concreta y directa prevista. En la conducción de las hostilidades, muchas veces es inevitable causar daños incidentales a personas civiles y bienes de carácter civil. Sin embargo, el DIH establece un límite a la medida en que los daños incidentales están permitidos, al explicar cómo la necesidad militar y las consideraciones de humanidad deben equilibrarse en esas situaciones.

Principio de precaución

En la conducción de las operaciones militares, se debe tener el cuidado constante de preservar a la población civil, a las personas civiles y a los bienes de carácter civil. Se deben tomar todas las precauciones posibles para evitar, o reducir en todo caso a un mínimo, el número de muertos y heridos entre la población civil, así como los daños a bienes de carácter civil, que se pudieran causar incidentalmente. Dado el riesgo significativo de que las fuerzas militares causen daño a las personas civiles cuando ejecutan un ataque, el DIH impone obligaciones pormenorizadas a quienes planifican, deciden o ejecutan ataques. También exige que las partes en conflicto protejan a las personas civiles y a los bienes de carácter civil bajo su control de los efectos de los ataques.

Protección específica

Varias categorías de personas y bienes tienen derecho a recibir protección adicional específica. Por ejemplo, se debe tener particular cuidado para evitar la liberación de fuerzas peligrosas y las consecuentes pérdidas importantes que se producirían entre la población civil si presas, diques y estaciones nucleares u otras instalaciones ubicadas en sus proximidades fueran objeto de ataques. Rigen restricciones más estrictas aún cuando se aplica el Protocolo adicional I de 1977.

También se confiere protección específica al personal y las instalaciones de salud; al personal y las actividades humanitarias; al medio ambiente; a los bienes indispensables para la supervivencia de la población civil; a los bienes culturales.

¿Las personas civiles que toman las armas pierden su protección contra los ataques directos, según el DIH?

Depende.

El DIH define como "persona civil" a toda persona que no sea miembro de las fuerzas armadas estatales, ni miembro de un grupo armado organizado con una función de combate continua, ni un participante en un levantamiento en masa.

Las personas civiles gozan de protección contra los ataques, salvo si participan directamente en las hostilidades y mientras dure tal participación. Las partes en un conflicto armado deben tomar todas las medidas posibles para determinar si una persona es una persona civil y, si así fuera, si está participando directamente en las hostilidades. En caso de duda, se debe presumir que la persona es una persona civil y está protegida contra los ataques directos.

A fin de proteger a las personas civiles, los combatientes, y toda persona que participe directamente en las hostilidades, deben distinguirse de los civiles en todas las operaciones militares llevando una insignia identificable y portando las armas abiertamente.

El CICR ha publicado una Guía para interpretar la noción de participación directa en las hostilidades que ofrece recomendaciones sobre la interpretación del DIH en lo que respecta al concepto de participación directa en las hostilidades.

¿Las partes en un conflicto pueden usar cualquier tipo de arma para atacar o defenderse?

No, no pueden.

Desde sus comienzos, el DIH trató de limitar los efectos de los conflictos armados. Con ese fin, el DIH impone límites a la elección de armas, métodos y medios de guerra a través de normas generales y de normas específicas que limitan o prohíben el uso de ciertas armas que causan daños inaceptables.

Las normas generales que imponen límites a la elección de métodos y medios de guerra incluyen la prohibición de armas de efectos indiscriminados, y los principios y las normas que rigen la conducción de las hostilidades, y que protegen ante todo a las personas civiles, y la prohibición de armas que causen males superfluos o sufrimientos innecesarios, que también protegen a los combatientes.

Desde la década de 1860, los Estados han acordado prohibir o limitar el uso de ciertas armas debido a su costo humano potencial o real. Se trata de las siguientes prohibiciones: balas explosivas o expansivas (1868), balas que se expanden (1899), gases tóxicos y asfixiantes (1925), armas biológicas (1972), armas químicas (1993), municiones que emplean fragmentos no localizables (1980), armas láser cegadoras (1995), minas antipersonal (1997), municiones en racimo. (2008), armas nucleares (2017), así como de limitaciones sobre el uso de armas incendiarias (1980), minas antipersonal y antivehículo, armas trampa y otros artefactos (1980 y 1996), y obligaciones relativas a restos explosivos de guerra (2003) Muchas de estas armas hoy en día también están prohibidas por el derecho consuetudinario.

Todas las armas, incluso las que no están específicamente reguladas, deben cumplir con las normas generales del DIH relativas a la conducción de las hostilidades. Cuando se desarrollan o adquieren armas nuevas, los Estados deben efectuar un examen jurídico para determinar si su empleo debería estar prohibido por el derecho internacional en alguna o en toda circunstancia (v. art. 36 del Protocolo adicional I).

Por último, aunque no por ello menos importante, se debe considerar si el uso de armas, métodos y medios de guerra se atiene a los principios de humanidad y los dictados de la conciencia pública (v. art. 1 del Protocolo adicional I).

¿Por qué el CICR insta a las partes en conflicto a evitar el uso de armas explosivas con área de impacto extensa en contextos urbanos?

Las bombas explosivas con área de impacto extensa (como las bombas grandes y los misiles, la artillería no guiada y los morteros, y los lanzacohetes de cañones múltiples), cuando se las emplea en zonas urbanas o en otras zonas pobladas, tienen graves consecuencias humanitarias, aun cuando se dirijan contra objetivos militares. Estas consecuencias abarcan no solo los efectos directos del uso de esas armas (personas civiles muertas o heridas, destrucción de bienes de carácter civil), sino también los efectos indirectos (por ejemplo, la interrupción de los servicios básicos debido al daño o la destrucción de infraestructura crítica).

Debido a su gran fuerza explosiva o a su falta de precisión, y a la probabilidad de que sus efectos se extiendan mucho más allá del objetivo, es muy difícil emplear ese tipo de armas en zonas pobladas y, al mismo tiempo, cumplir con el DIH. Las armas explosivas con área de impacto extensa son inapropiadas para su uso en zonas pobladas.

Desde 2011, el CICR ha instado a los Estados y a todas las partes en conflictos armados a que eviten el uso de armas explosivas pesadas en zonas urbanas y en otras zonas pobladas, debido a la significativa probabilidad de que tengan efectos discriminados y pese a la ausencia de una prohibición jurídica expresa de tipos específicos de armas. Este llamamiento también ha sido formulado por el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja en su conjunto, el secretario general de la ONU y varios Estados y organizaciones internacionales y de la sociedad civil.

Por "política de limitación o evitación" se entiende que las armas explosivas con área de impacto extensa no deben utilizarse en zonas pobladas, a menos que se adopten medidas de mitigación suficientes para limitar los efectos en áreas extensas y el consiguiente riesgo de causar daños a personas civiles y bienes de carácter civil. Estas medidas, que pueden adoptar la forma de orientaciones y de "buenas prácticas", deberían implementarse de buena fe y antes de que comiencen las operaciones militares, cuando las hostilidades se libran en zonas pobladas.

¿Quiere informarse más? Mire nuestro vídeo y nuestros informes aquí.

¿Qué sucede con las transferencias de armas a partes en un conflicto armado?

La disponibilidad generalizada de armas y municiones y las escasas regulaciones o controles sobre las transferencias de armas tienen un costo humano grave. Facilitan la comisión de violaciones del DIH, impiden la prestación de asistencia humanitaria, contribuyen a la prolongación de los conflictos armados y a altos niveles de inseguridad y violencia incluso después de finalizados los conflictos armados.

Los Estados deben abstenerse de transferir armas, si existe un riesgo manifiesto de que se emplearían para infringir el DIH.

Los Estados que suministran armas a una parte en un conflicto armado deben hacer todo lo que razonablemente esté a su alance para asegurarse de que el receptor de las armas respete el DIH, por ejemplo, mediante la adopción de medidas de mitigación de riesgos, la suspensión o el condicionamiento de la entrega de armas o la cancelación de futuras transferencias.

Además, los Estados Partes en el Tratado sobre el Comercio de Armas deben evaluar, antes de autorizar una exportación, si es probable que el receptor de las armas, municiones o piezas y componentes de estas las utilice para cometer o para facilitar la comisión de una violación grave del DIH o del derecho de los derechos humanos. Si existe un riesgo elevado de que ello suceda, la exportación no debe autorizarse.

Conforme al DIH, un Estado no es parte en un conflicto armado por el mero hecho de suministrar armas o equipamiento militar a un beligerante.

Si las fuerzas armadas utilizan un hospital o una escuela como base para lanzar ataques o almacenar armas, ¿esos lugares se convierten en objetivos militares legítimos?

Las normas de la guerra prohíben los ataques directos contra bienes de carácter civil, como las escuelas. También prohíben los ataques directos contra los hospitales y el personal médico, que están específicamente protegidos conforme al DIH. De todos, un hospital o una escuela pueden convertirse en objetivos militares legítimos si contribuyen a operaciones militares específicas del enemigo y si su destrucción ofrece una clara ventaja militar al atacante. En caso de duda, no se los debe atacar.

Los hospitales solo pierden su protección en determinadas circunstancias; por ejemplo, si un hospital es usado como base para lanzar un ataque, como depósito de armas o para ocultar a soldados o combatientes. Y también hay ciertas condiciones. Antes de que una parte en conflicto pueda responder a esos actos mediante un ataque, debe dar una advertencia, estableciendo un plazo, y la otra parte tiene que haber ignorado esa advertencia.

Algunos Estados han suscrito la Declaración de Escuelas Seguras y Directrices sobre Uso Militar, cuya finalidad es reducir el uso militar de las escuelas.

¿Por qué debemos preocuparnos por los ataques contra los bienes culturales en caso de conflicto armado?

Los monumentos históricos, las obras de arte y los sitios arqueológicos, conocidos como bienes culturales, están protegidos por el DIH. Los ataques contra ellos implican más que la destrucción de ladrillos, maderas y argamasa; son, esencialmente, ataques contra nuestra historia, nuestra dignidad y nuestra humanidad.

Las normas de la guerra obligan a las partes en un conflicto armado a proteger y respetar el patrimonio cultural. De acuerdo con el DIH, dirigir ataques contra bienes culturales o utilizarlos para fines militares está prohibido, salvo que lo exija una necesidad militar imperiosa. Asimismo, las partes en un conflicto no pueden confiscar, destruir ni dañar intencionalmente bienes culturales y deben hacer cesar los robos y los saqueos de esos bienes y los actos de vandalismo contra estos.

¿El DIH protege al medio ambiente contra los efectos de las operaciones militares?

Sí. El medio ambiente natural es un bien de carácter civil. Por lo tanto, todas las partes del medio ambiente natural que no son objetivos militares están protegidas por los principios y normas generales relativas a la conducción de las hostilidades que protegen los bienes de carácter civil. Esto significa que las partes tienen prohibido lanzar un ataque contra un objetivo militar del que podría preverse que cause daños excesivos al medio ambiente. En la conducción de las operaciones militares, deben tomarse todas las precauciones posibles para no causar daños incidentales al medio ambiente o, al menos, reducirlos todo lo posible. La falta de certeza científica acerca de los efectos de ciertas operaciones militares sobre el medio ambiente no exime a las partes en conflicto de tomar tales precauciones.

Además, el DIH confiere protecciones específicas al medio ambiente natural en determinadas circunstancias. Se trata del requisito de prestar debida consideración a la protección y a la preservación del medio ambiente natural el elegir métodos y medios de guerra, y de la prohibición de emplear métodos y medios de guerra diseñados para causar daños extensos, duraderos y graves al medio ambiente natural, o de los que quepa prever que los causen. La violación de esta prohibición puede constituir un crimen de guerra.

La destrucción del medio ambiente natural no puede usarse como arma.

¿Quiere informarse más? V. las directrices del CICR ICRC Guidelines on the Protection of the Natural Environment in Armed Conflict (pronto disponibles en español).

¿Cuáles son las normas relativas a los sitios?

Los sitios suelen tener consecuencias graves para un gran número de civiles. A fin de proteger a las personas civiles, el DIH contiene importantes normas.

Es fundamental que se permita a las personas civiles salir de una zona sitiada. Ni la fuerza que realiza el sitio ni la fuerza sitiada pueden obligarlas a quedarse contra su voluntad. Los sitios solo pueden dirigirse exclusivamente contra las fuerzas armadas enemigas, y está absolutamente prohibido atacar o disparar contra civiles que huyen de una zona sitiada.

Además, las partes deben cumplir todas las normas que rigen la conducción de las hostilidades. Se debe tener el cuidado constante de preservar a las personas civiles cuando se sitia una ciudad y se atacan objetivos militares en la zona sitiada. Se deben adoptar todas las precauciones posibles para evitar, o reducir al mínimo, el número de muertos y heridos entre la población civil, así como los daños a bienes de carácter civil, que pudieran causarse incidentalmente. El DIH también prohíbe hacer padecer hambre a una población como método de guerra.

A la vez, si bien puede ser una necesidad, e incluso un requisito jurídico, proceder a evacuaciones temporarias, los sitios no deben usarse para obligar a las personas civiles a abandonar permanentemente una zona. Si hay personas civiles desplazadas (porque huyen o porque han sido evacuadas de una zona sitiada), se deben tomar todas las medidas posibles para que esas personas tengan refugio adecuado, acceso a una alimentación suficiente, condiciones de higiene y atención de salud, y estén seguras (protegidas incluso contra la violencia sexual y por motivos de género), y que los miembros de una misma familia no sean separados.

¿Quiere informarse más? V. nuestro Informe de 2019 sobre el DIH y los desafíos de los conflictos armados contemporáneos, pp. 23 a 25.

¿La guerra cibernética está sujeta a normas?

Sí. Durante los conflictos armados, las operaciones cibernéticas están sujetas a las normas y los principios del DIH establecidos; no están en una "zona gris" ni en un "vacío jurídico".

Lo que preocupa al CICR es que las operaciones militares cibernéticas, que forman parte de los conflictos armados actuales, pueden alterar el funcionamiento de infraestructura crítica, así como de la respuesta de emergencia y humanitaria y de otros servicios vitales para la población civil.

El DIH impone límites a las ciberoperaciones durante los conflictos armados de la misma manera que impone límites al empleo de cualquier otra arma, método o medio de guerra en un conflicto armado, ya sean nuevos o tradicionales. En particular, la infraestructura civil está protegida de los ciberataques gracias a las normas y los principios vigentes del DIH, en particular, los principios de distinción, proporcionalidad y precauciones en el ataque. Además, durante los conflictos armados, está prohibido el empleo de herramientas cibernéticas que propagan daños y los ocasionan de manera indiscriminada.

¿El DIH impone límites a las operaciones psicológicas y de información?

Las operaciones psicológicas y de información forman parte de los conflictos armados desde hace largo tiempo. Sin embargo, dado el rápido crecimiento de las tecnologías de la información y la comunicación, la escala, la velocidad y el alcance de las operaciones psicológicas han aumentado significativamente.

Preocupa al CICR el uso de operaciones psicológicas o de información para causar daño o confusión, para sembrar el terror entre la población o para incitar a la violencia.

El DIH prohíbe ciertos tipos de operaciones psicológicas o de información durante los conflictos armados, como las amenazas de violencia cuyo principal objetivo sea sembrar el terror entre la población civil; usar la propaganda para lograr el alistamiento voluntario de personas protegidas en territorios ocupados; o, más en general; incitar a la comisión de violaciones del DIH. Las operaciones de información también deben cumplir el requisito de respetar y proteger a categorías específicas de personas, como el personal médico y el personal de ayuda humanitaria.

¿Cuáles son los peligros de las armas autónomas?

Las armas autónomas seleccionan y aplican fuerza a los objetivos sin intervención humana, lo que significa que el usuario no elige específicamente a quién o qué atacará. Las dificultades para anticipar y limitar sus efectos implican riesgos para las personas civiles, desafíos para el cumplimiento del DIH y consideraciones éticas fundamentales para la sociedad.

El CICR ha instado a los Estados a que adopten nuevas normas jurídicamente vinculantes que prohíban las armas autónomas impredecibles y las que atacan a seres humanos, así como a que limiten estrictamente el desarrollo y el uso de todas las demás armas autónomas.

[VIDEO EXPLAINER] ¿Quiere informarse más? V. la posición del CICR sobre las armas autónomas.

¿El acceso humanitario a las personas necesitadas es incondicional?

Si bien las normas varían levemente según la naturaleza del conflicto (conflicto armado internacional que no sea ocupación; ocupación; conflicto armado no internacional), el marco del DIH que rige el acceso humanitario está compuesto por cuatro "capas" interdependientes, por decirlo simplemente.

En primer lugar, cada parte en un conflicto armado tiene que satisfacer las necesidades básicas de la población bajo su control.

En segundo lugar, las organizaciones humanitarias imparciales tienen derecho a ofrecer sus servicios humanitarios, especialmente cuando las necesidades básicas de la población están insatisfechas.

En tercer lugar, las actividades humanitarias imparciales realizadas en conflictos armados por lo general están sujetas al consentimiento de las partes en conflicto. Aun así, el consentimiento no puede negarse arbitrariamente.

En cuarto lugar, una vez que se han acordado los esquemas de ayuda humanitaria imparcial, se espera que las partes en conflicto, así como todos los Estados que no sean parte en el conflicto, permitan y faciliten el paso rápido y sin obstáculos de la ayuda. Pueden ejercer un derecho de control para verificar que los socorros sean, de hecho, lo que dicen ser.

¿Quiere informarse más? V. Preguntas y respuestas y léxico sobre acceso humanitario del CICR

¿Cuál es la opinión del CICR en cuanto a los corredores humanitarios y las pausas?

Los "corredores humanitarios" son lugares que utiliza el personal humanitario para, por ejemplo, entregar socorros a las víctimas de las hostilidades o permitirles un paso seguro. Si bien el DIH no contiene la noción de "corredor humanitario", las normas del DIH que rigen las actividades y el acceso humanitarios proporcionan un marco de referencia. Además, las partes deben evacuar a la población civil de las zonas de combate, repatriar a los heridos y los enfermos, transferir a las personas fallecidas y, salvo que así lo exijan su protección o una necesidad militar imperiosa, permitir que las personas civiles se vayan del territorio.

Toda iniciativa que dé un respiro de la violencia a las personas civiles y les permita salir voluntariamente para buscar zonas más seguras es bienvenida. Los corredores humanitarios deben planificarse, coordinarse e implementarse debidamente con el consentimiento de todas las partes. Sin embargo, los corredores humanitarios por definición son limitados en el plano geográfico y, por lo tanto, no ofrecen una solución ideal. Quienes participan en las hostilidades deben garantizar la adopción de todas las medidas y precauciones necesarias para proteger a las personas civiles y para permitir que la ayuda llegue a quienes la necesitan.

Una pausa humanitaria es una suspensión temporaria de las hostilidades con fines estrictamente humanitarios, acordada entre las partes en conflicto. Por lo general, se establece para un lugar y un horario específicos.

Los términos "pausa humanitaria" y "corredor humanitario" no forman parte del DIH. De todos modos, hay importantes normas de este derecho que pueden enmarcar las conversaciones sobre pausas y corredores humanitarios. Las partes en todos los conflictos armados pueden establecer acuerdos para mejorar la situación de las personas afectadas y deben guiarse por las normas sobre acceso humanitario.

¿De qué forma el DIH aborda la seguridad alimentaria?

Una preocupación recurrente en los conflictos es la inseguridad alimentaria aguda. El DIH contiene importantes normas que pueden evitar que una situación se convierta en una crisis alimentaria extrema. Por ejemplo, las partes en conflicto tienen la obligación de satisfacer las necesidades básicas de la población bajo su control. Además, el DIH prohíbe específicamente el uso de la hambruna de la población civil como método de guerra, violación que puede constituir un crimen de guerra.

Por otro lado, los bienes indispensables para la supervivencia de la población civil, como los alimentos, las zonas agrícolas, las instalaciones y los insumos para el abastecimiento de agua potable y las obras de riego, están especialmente protegidos. No pueden ser objeto de ataques, destrucción o remoción, ni dejarlos inutilizables de alguna otra manera.

Análogamente, el respeto de otras normas del DIH puede cumplir un importante papel para prevenir la inseguridad económica, como la protección del medio ambiente, las limitaciones impuestas a los sitios y el acceso a la ayuda humanitaria.

¿Qué sucede si un Estado o un individuo violan el DIH?

Un aspecto fundamental de la limitación de los efectos de los conflictos armados es el cumplimiento de las normas. El DIH establece que las partes en conflicto deben prevenir y reprimir las violaciones graves del DIH, y suprimir toda otra violación. Un Estado que ha cometido violaciones del DIH debe reparar por completo la pérdida o la lesión causada. A su vez, los individuos que han cometido crímenes de guerra deben ser buscados, investigados y enjuiciados.

Los Estados pueden hacer cumplir las normas a través de sus sistemas jurídicos nacionales, canales diplomáticos o mecanismos internacionales de solución de controversias. Los crímenes de guerra pueden ser investigados o enjuiciados por cualquier Estado o, en determinadas circunstancias, por un tribunal internacional. La Organización de las Naciones Unidas también puede adoptar medidas para hacer respetar el DIH. Por ejemplo, el Consejo de Seguridad puede obligar a los Estados a cumplir sus obligaciones o establecer un tribunal para que investigue las infracciones.

¿Qué es un crimen de guerra?

Las violaciones graves del DIH se conocen como crímenes de guerra. Los Estados deben investigar los crímenes de guerra cometidos por sus ciudadanos o sus fuerzas armadas, así como en su territorio, y encausar, si procede, a los imputados. Los Estados también tienen derecho a investigar a otras personas por crímenes de guerra en sus tribunales nacionales, independientemente de la nacionalidad del acusado o del lugar donde las violaciones fueron cometidas (jurisdicción universal).

El DIH responsabiliza a las personas a título individual por los crímenes de guerra que hayan cometido u ordenado cometer. Al respecto, el DIH es complementado por el derecho penal internacional, que establece diferentes modos de responsabilidad penal individual.

Algunos crímenes de guerra son aplicables en todos los conflictos armados, mientras que otros son específicos de los conflictos armados internacionales. En los conflictos armados internacionales, algunos crímenes de guerra también se conocen como infracciones graves, que crean obligaciones adicionales para los Estados.

Por ejemplo, los siguientes actos constituirían crímenes de guerra en todos los conflictos armados: ataques deliberados contra personas civiles que no están participando directamente en las hostilidades; pillaje; toma de rehenes; ataques contra bienes religiosos o culturales, siempre que no sean objetivos militares; tortura y otras formas de tratos inhumanos; reclutamiento de niños y niñas; violación y otras formas de violencia sexual.

El CICR no participa, de ninguna manera, en la recolección de pruebas ni en el enjuiciamiento de crímenes de guerra, y no puede ser llamado a testificar ante la justicia.

¿El CICR participa en investigaciones de crímenes de guerra?

El CICR tiene una práctica clara y arraigada de no participar en procesos judiciales ni divulgar lo que descubre en el transcurso de su labor. La participación en investigaciones o procesos judiciales podría comprometer gravemente la confianza que intentamos establecer con todas las partes en un conflicto armado y, con el tiempo, nuestro acceso a las personas que necesitan ayuda. De todos modos, como guardián del DIH, el CICR reconoce la función primordial que desempeñan las investigaciones y los enjuiciamientos para prevenir la impunidad, fomentar el respeto del derecho y dar respuesta al sufrimiento de las víctimas de conflictos armados. Sin embargo, la participación en esos importantes procesos comprometería considerablemente la labor singular del CICR, puesto que es probable que las partes en conflicto nieguen o restrinjan el acceso del CICR, sobre todo a las zonas de conflicto activo, las cárceles y los lugares de detención, si creen que un/a delegado/a del CICR puede estar reuniendo pruebas para utilizarlas en futuros procesos penales. Por lo tanto, ante posibles violaciones del DIH, el enfoque habitual del CICR es transmitir la información que recoge directamente a las partes en conflicto. Estas conversaciones son confidenciales, lo que nos permite dirigirnos con claridad y franqueza. No obstante, confidencialidad no significa silencio o aquiescencia. El enfoque que el CICR prefiere es la transmisión directa de información sobre presuntas violaciones del DIH a la parte responsable. Esta práctica se funda en una vasta experiencia en el terreno y ha permitido comprobar que el diálogo directo puede dar resultados positivos.

¿El CICR transmite la información en su poder a la Corte Penal Internacional?

No transmitimos ni transmitiremos a nadie la información que recopilamos, incluida la Corte Penal Internacional (CPI). Esta práctica está reconocida en las Reglas de Procedimiento de la CPI, en las que se consagra el privilegio de no divulgación del CICR y se exime a nuestro personal de ser citado como testigo en sus procesos. Adoptamos medidas para abordar estas cuestiones, pero no con otras personas o en el dominio público, sino directamente con las partes en conflicto.

En esta breve animación te lo contamos todo sobre las leyes de la guerra: