Normas y restricciones a las armas en el DIH
El derecho internacional humanitario (DIH) establece normas con respecto a la selección de armas y restringe el uso de ciertas armas.
El DIH rige la elección de armas y prohíbe ciertos tipos de armas. Tiene por objetivo aliviar el sufrimiento en los conflictos armados al establecer normas sobre el comportamiento y el armamento de los combatientes.
En los primeros tratados (1868 y 1899), se prohibían armas específicas, como los proyectiles explosivos y las balas que se expanden. El Protocolo de Ginebra (1925) proscribió los gases venenosos y la guerra biológica, y, más adelante, se amplió mediante las Convenciones sobre armas biológicas y químicas. La Convención sobre ciertas armas convencionales (1980) restringe el uso de varios tipos de municiones y aborda los peligros posteriores a los conflictos armados.
La Convención sobre la prohibición de minas antipersonal (1997) prohíbe las minas terrestres e incluye disposiciones destinadas a reducir las bajas y ayudar a las víctimas. La Convención sobre municiones en racimo (2008), que tiene carácter vinculante para los treinta Estados que la ratificaron, aspira a reducir los daños que causan estas armas y a potenciar los esfuerzos humanitarios en ese sentido.
La proliferación no regulada de armas impide el cumplimiento del DIH y la prestación de asistencia.
Aun no existe una prohibición universal sobre el uso de armas nucleares, cuyo poder destructivo es muy elevado. El CICR, con el respaldo de la Corte Internacional de Justicia, insta a los Estados a no utilizarlas.
La guía del CICR ayuda a los Gobiernos a garantizar que las nuevas armas cumplan con el DIH.